CRIMINALÍSTICA NUEVOS PARADIGMAS. SEGUNDA EDICIÓN

UNA VISIÓN EPISTEMOLÓGICA Y CIENTIFICA. ARGUMENTOS INDISPENSABLES PARA FORMALIZAR LA TEORÍA DEL CASO EN EL SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL

RAMÍREZ ALDARACA, ROBERTO CARLOS

$ 330.00 MXN
17.95 $
15,77 €
Editorial:
FLORES EDITOR Y DISTRIBUIDOR
Año de edición:
2019
ISBN:
978-607-610-731-7
Páginas:
292
Encuadernación:
Rústica - Pasta blanda
Colección:
AUTORAL

Disponibilidad:

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COMENTARIO A LA SEGUNDA EDICIÓN
INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I
EPISTEMOLOGÍA, FILOSOFÍA DE LA CIENCIA Y ALGUNOS VIAJES MÁS
1.1 Poder=verdad
1.2 El nuevo testimonio
1.3 Epistemología
1.4 La filosofía de la ciencia lo es todo
1.5 Filosofía analítica
1.6 Filosofía de la mente

CAPÍTULO II
HÉROES DEL PENSAMIENTO CIENTÍFICO (59)
2.1 Los filósofos clásicos: Sócrates, Platón y Aristóteles
2.2 Racionalismo
2.3 Empirismo
2.4 El punto de vista kantiano
2.5 Espacio y tiempo

CAPÍTULO III
DESTRUCCIÓN DE PARADIGMAS. MITOS, REALIDADES, DISERTACIONES Y PROPUESTAS SOBRE CRIMINALÍSTICA
3.1 La criminalística es una ciencia, pero no es sólo fáctica
3.2 ¿Indicio y evidencia son sinónimos?
3.3 El indicio es un axioma más no el axioma, un indicio
3.4 ¿Es el indicio el primordial objeto de estudio de la criminalística?
3.5 Matemas del lugar del hallazgo y del lugar de los hechos
3.6 Racional versus irracional
3.7 Las "preguntas de oro" no son de "oro", deben llamarse "preguntas de investigación"
3.8 El "método inductivo" no es un método
3.9 Diferencias entre hipótesis, suposición y conjetura
3.10 El falsacionismo o principio de falsabilidad
3.11 Programa de investigación científica
3.12 Úrgenos cambiar de paradigma
3.13 Creación de una nueva criminalística: "criminalística documental"
3.14 La criminalística no investiga la "verdad histórica de los hechos"
3.15 Verdad relativa, verdad absoluta, verdad objetiva y sus matemas
3.16 La criminalística y su relación con las "ciencias naturales"
3.17 No es lo mismo criminalística, ciencias forenses y ciencia forense
3.18 La "reconstrucción de hechos" ontológicamente no existe, por lo que debe llamarse "representación de hechos acontecidos"
3.19 Sustitución de "posición víctima-victimario" a posiciones entre emisor-receptor
3.20 ¿Realmente aplica el principio de probabilidad?
3.21 Axiomas de probabilidad
3.22 Sustitución del "principio de probabilidad" por el "principio de fundamentación de proposiciones"
3.23 Sustitución del "principio de reconstrucción de hechos" por el "principio de reconocimiento de hechos"
3.24 Nuevas definiciones y matemas de los principios criminalísticos
3.25 Nociones de lógica
3.26 Principios lógicos supremos
3.27 Nueva definición de criminalística
3.28 Análisis de la nueva definición

CAPÍTULO IV
LOS PRINCIPIOS DE LA LÓGICA Y SU RELACIÓN CON LOS PRINCIPIOS
DE LA CRIMINALÍSTICA
4.1 Relación entre los principios de la lógica y los principios de la criminalística: gestación de los principios lógico-criminalísticos y sus respectivos matemas
4.2 Los principios lógico-criminalísticos y su relación con los tipos de verdad (CRCM, CRLB y CRDC)
4.3 Las posiciones entre emisor-receptor y su relación con los principios lógico-criminalísticos
4.4 Los principios lógico-criminalísticos aplicados a la mecánica de hechos

CAPÍTULO V
FORMULACIÓN Y PROPUESTA DE LA "LEY DE ALDARACA"

AFORISMOS SOBRE FILOSOFÍA DE LA CRIMINALÍSTICA Y OTROS VIAJES

BIBLIOGRAFÍA

Alguna vez se ha dicho que si cuando pensamos nos limitásemos a pensar todos estaríamos de acuerdo. Se ha dicho, también, que el pensamiento puro, el que es sólo pensamiento, sin contaminaciones sentimentales ni de ninguna otra clase, es siempre infalible y convencería aún al más escéptico. Si nos equivocamos, si discrepamos, si dudamos es porque agregamos a la pura luz del pensamiento nuestras pasiones, nuestros intereses, nuestros deseos y enturbiamos esa luz. Cualquier cosa que se agregue a esa luz pura del pensamiento tiene que enturbiarla. El pensamiento puro nos permite siempre alcanzar la verdad; el pensamiento enturbiado por elementos extraños no nos dará nunca la verdad, nos dará opiniones, conjeturas e incluso suposiciones, pero nunca hipótesis puras, excluyentes o incluyentes, de algún fenómeno en particular. La verdad es válida para todos, es lo objetivo, lo universal. La opinión sólo es válida para mí; es lo subjetivo, lo particular, por ello existe una diferencia entre verdad objetiva, verdad relativa y verdad absoluta. En criminalística compete encontrar la verdad objetiva, no la “verdad histórica de los hechos”. Debemos pelear y realizar revoluciones ideológicas y científicas para alcanzar una verdad científica de lo abstraído fácticamente. La filosofía es la ciencia objetiva de la verdad; tiene que alcanzar siempre la forma de la universalidad y, en este caso, la criminalística debe buscar el mismo sentido, por lo que también “debe” ser (deber ser y ser) una ciencia que escudriñe la verdad y, por encima de todo, la verdad objetiva, nunca “histórica”, pues en la historia se enturbia dicha luz desde el anecdotario del investigador. Pensar es siempre un sacrificio que exige la renuncia a todo lo que sea individual, privado o propio. Cuando lo hacemos pensamos en algo que es lo que queremos conocer; pensaremos mal siempre que a ese algo le agreguemos algo nuestro. Un pensamiento, para serlo, es decir, para ser pensamiento puro, tiene que dejar de ser el pensamiento de alguien, de una persona determinada, y ser totalmente despersonalizado, anónimo. En ciencia forense a ese tipo de pensamiento se le denomina imparcial. El pensamiento puro nos exige colocarnos ante el objeto que queremos conocer, con total imparcialidad, con la serenidad de un Dios a quien nada ni nadie pudiese perturbar, nos exige ser jueces que tengan la imparcialidad de los muertos, nos exige estar por encima de todas las luchas, todas las inquietudes, todas las preferencias.

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