RUEDA MARTÍN, MARÍA ÁNGELES
ABREVIATURAS
PRÓLOGO
I.INTRODUCCIÓN
II.LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RE-LACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL
III.LA RELACIÓN ENTRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA -HABITUAL U OCASIONAL- EN EL ÁMBITO FAMILIAR, AFECTIVO O SIMILAR EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
1.Caracteres de la evolución de la violencia -habitual u ocasional- en el ám-bito familiar, afectivo o similar en el Código penal español
2.Caracteres de la violencia de género como violencia que sufre la mujer en una relación de pareja con un hombre
3.¿La violencia de género y la violencia -habitual u ocasional- en el ámbito familiar, afectivo o similar en nuestro Código penal son dos conceptos autónomos?
IV.LA POLÉMICA DOCTRINAL EN TORNO A LA REGULACIÓN PENAL RELA-TIVA A LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RELACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE
1.Fundamentos materiales que explican la limitación de la autoría a la condi-ción de ser hombre en las agravaciones correspondientes de los malos tratos, las le-siones (pero no todas), las amenazas leves y las coacciones leves, cuando la víctima "sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia"
1.1.Sobre la necesidad de introducir la perspectiva de género en las violencias ejercidas por un hombre sobre una mujer en las relaciones de pareja
1.2.Toma de postura: la relevancia del abuso de una posición dominante del hombre en su relación de pareja con una mujer y del móvil discriminatorio por per-tenecer la víctima al "sexo femenino"
2.Necesidad de demostrar en cada caso el fundamento material que explica la limitación de la autoría a la condición de ser hombre en los delitos relativos a la vio-lencia de género
3.Algunas consideraciones críticas en torno a la opción legislativa por la que se ha decantado el legislador
V.LA POLÉMICA EN LA JURISPRUDENCIA EN TORNO A LA REGULACIÓN PENAL RELATIVA A LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RELACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE
1.¿Es constitucional la introducción de una discriminación negativa hacia el hombre en el ámbito penal?
1.1.Los argumentos acerca de la posible inconstitucionalidad de la regulación penal de la LO 1/2004
A. Vulneración del principio de igualdad ante la ley consagrado en el artí-culo 14 de la Constitución española
B. Vulneración del principio de presunción de inocencia contemplado en el artículo 24.2 de la Constitución española y, en consecuencia, del principio de cul-pabilidad
C. Vulneración del derecho a la dignidad que como persona le asiste a la mujer y que constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social según el artículo 10.1 de la Constitución española
1.2.Los argumentos del Tribunal Constitucional acerca de la constitucionali-dad de la regulación penal de la LO 1/2004
A. No se vulnera el principio de igualdad ante la ley consagrado en el ar-tículo 14 de la Constitución española
B. No se vulnera el principio de presunción de inocencia contemplado en el artículo 24.2 de la Constitución española y, en consecuencia, tampoco se vulnera el principio de culpabilidad
C. No se vulnera el derecho a la dignidad que como persona le asiste a la mujer y que constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social según el artículo 10.1 de la Constitución española
1.3.Valoración de los argumentos esgrimidos en torno a la constitucionalidad de la reforma penal operada por la LO 1/2004
2.¿Cómo ha recogido nuestra jurisprudencia ordinaria la argumentación plan-teada por el Tribunal Constitucional? Otra vez, sobre la distinción entre la violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y la violencia familiar, afectiva o similar
3.¿Qué ha aportado en la discusión la jurisprudencia ordinaria acerca de la prueba del fundamento de la aplicación de los preceptos penales que suponen una manifestación de violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre?
3.1.Primera tesis: la violencia de género exige que en el sujeto activo concurra un particular elemento de dominio, subyugación o discriminación sobre la mujer por parte de su pareja hombre que debe probarse
3.2.Segunda tesis: ¿los delitos de violencia de género se aplican cuando un hombre realiza las respectivas conductas delictivas sin requerir la prueba de ningún elemento de dominio, subyugación o discriminación sobre la mujer por parte de su pareja masculina?
4.Breve estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de otras infracciones penales constitutivas de violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y de violencia en el ámbito familiar, afectivo o similar
4.1.Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de las agresiones leves que constituyen simples faltas (arts. 617 -lesiones leves o maltratos de obra- y 620 del Código penal -amenazas leves, coacciones leves, injurias leves o vejaciones injustas leves-)
4.2.Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de las agresiones leves entre los sujetos activo y pasivo del art. 173.2 que consistan en coac-ciones leves, amenazas sin armas u otros instrumentos peligrosos, injurias o vejacio-nes injustas calificadas como falta agravada a tenor del art. 620 in fine del Código pe-nal
4.3.Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de las agresiones leves que consistan en malos tratos, lesiones y amenazas con armas u otros instrumentos peligrosos calificadas como delito (arts. 153.2 y 171.5 del Código penal) entre los sujetos activo y pasivo del art. 173.2
4.4.Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de los artículos 153.4, 171.6 y 172.2 in fine del Código penal
5.Conclusión acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de los delitos de violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y de violen-cia en el ámbito familiar, afectivo o similar
VI.LA REGULACIÓN PENAL DE LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RE-LACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE Y SU REPERCUSIÓN SOBRE EL PRIN-CIPIO DE PROPORCIONALIDAD
VII.EPÍLOGO
VIII.BIBLIOGRAFÍA
La política criminal en torno a la violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y a la violencia en el ámbito familiar, afectivo o similar, se ha convertido en una de las cuestiones más discutidas en la actualidad. La presente monografía, que se dirige a todos los operadores jurídicos interesados en estos temas, tiene por objeto analizar la regulación penal de la violencia de género o, con mayor precisión, de la violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre. Asimismo, se ofrecen pautas y criterios que pueden resultar útiles para la demostración de la naturaleza machista de las agresiones en el caso concreto. En este estudio se ha tenido en cuenta, también, la interpretación de la regulación penal contenida en la LO 1/2004 por parte de la jurisprudencia ordinaria, sobre todo a partir de la decisión del Tribunal Constitucional que ha afirmado la constitucionalidad de la indicada regulación penal en su sentencia núm. 59/2008, de 14 de mayo.
La autora, Dra. Mª Ángeles Rueda Martín, es profesora titular de Derecho penal en la Universidad de Zaragoza. Sus líneas de investigación abarcan no sólo la Parte General del Derecho penal, destacando entre sus publicaciones las obras tituladas La Teoría de la imputación objetiva del resultado en el delito doloso de acción (2001) y Delitos especiales de dominio y su relación con el artículo 65.3 del Código penal (2010), sino también la Parte Especial del Derecho penal. En este último ámbito destacan, entre otros, sus trabajos sobre la protección penal de la intimidad, la protección penal de los consumidores y las reformas penales en torno a la violencia familiar, afectiva o similar y a la violencia de género.
ÍNDICE
ABREVIATURAS
PRÓLOGO
I. INTRODUCCIÓN
II. LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RELACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL
III. LA RELACIÓN ENTRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA ?HABITUAL U OCASIONAL? EN EL ÁMBITO FAMILIAR, AFECTIVO O SIMILAR EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
1. Caracteres de la evolución de la violencia ?habitual u ocasional? en el ám-bito familiar, afectivo o similar en el Código penal español
2. Caracteres de la violencia de género como violencia que sufre la mujer en una relación de pareja con un hombre
3. ¿La violencia de género y la violencia ?habitual u ocasional? en el ámbito familiar, afectivo o similar en nuestro Código penal son dos conceptos autónomos?
IV. LA POLÉMICA DOCTRINAL EN TORNO A LA REGULACIÓN PENAL RELATIVA A LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RELACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE
1. Fundamentos materiales que explican la limitación de la autoría a la condición de ser hombre en las agravaciones correspondientes de los malos tratos, las lesiones (pero no todas), las amenazas leves y las coacciones leves, cuando la víctima ?sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia?
1.1. Sobre la necesidad de introducir la perspectiva de género en las violencias ejercidas por un hombre sobre una mujer en las relaciones de pareja
1.2. Toma de postura: la relevancia del abuso de una posición dominante del hombre en su relación de pareja con una mujer y del móvil discriminatorio por pertenecer la víctima al ?sexo femenino?
2. Necesidad de demostrar en cada caso el fundamento material que explica la limitación de la autoría a la condición de ser hombre en los delitos relativos a la violencia de género
3. Algunas consideraciones críticas en torno a la opción legislativa por la que se ha decantado el legislador
V. LA POLÉMICA EN LA JURISPRUDENCIA EN TORNO A LA REGULACIÓN PENAL RELATIVA A LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER EN SU RELACIÓN DE PAREJA CON UN HOMBRE
1. ¿Es constitucional la introducción de una discriminación negativa hacia el hombre en el ámbito penal?
1.1. Los argumentos acerca de la posible inconstitucionalidad de la regulación penal de la LO 1/2004
A. Vulneración del principio de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 14 de la Constitución española
B. Vulneración del principio de presunción de inocencia contemplado en el artículo 24.2 de la Constitución española y, en consecuencia, del principio de culpabilidad
C. Vulneración del derecho a la dignidad que como persona le asiste a la mujer y que constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social según el artículo 10.1 de la Constitución española
1.2. Los argumentos del Tribunal Constitucional acerca de la constitucionalidad de la regulación penal de la LO 1/2004
A. No se vulnera el principio de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 14 de la Constitución española
B. No se vulnera el principio de presunción de inocencia contemplado en el artículo 24.2 de la Constitución española y, en consecuencia, tampoco se vulnera el principio de culpabilidad
C. No se vulnera el derecho a la dignidad que como persona le asiste a la mujer y que constituye uno de los fundamentos del orden político y de la paz social según el artículo 10.1 de la Constitución española
1.3. Valoración de los argumentos esgrimidos en torno a la constitucionalidad de la reforma penal operada por la LO 1/2004
2. ¿Cómo ha recogido nuestra jurisprudencia ordinaria la argumentación planteada por el Tribunal Constitucional? Otra vez, sobre la distinción entre la violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y la violencia familiar, afectiva o similar
3. ¿Qué ha aportado en la discusión la jurisprudencia ordinaria acerca de la prueba del fundamento de la aplicación de los preceptos penales que suponen una manifestación de violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre?
3.1. Primera tesis: la violencia de género exige que en el sujeto activo concurra un particular elemento de dominio, subyugación o discriminación sobre la mujer por parte de su pareja hombre que debe probarse
3.2. Segunda tesis: ¿los delitos de violencia de género se aplican cuando un hombre realiza las respectivas conductas delictivas sin requerir la prueba de ningún elemento de dominio, subyugación o discriminación sobre la mujer por parte de su pareja masculina?
4. Breve estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de otras infracciones penales constitutivas de violencia sobre la mujer en su relación de pareja con un hombre y de violencia en el ámbito familiar, afectivo o similar
4.1. Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de las agresiones leves que constituyen simples faltas (arts. 617 ?lesiones leves o maltratos de obra? y 620 del Código penal ?amenazas leves, coacciones leves, injurias leves o vejaciones injustas leves?)
4.2. Estudio acerca de la aplicación por parte de nuestra jurisprudencia de las agresiones leves entre los sujetos activo y pasivo del art. 173.2 que consistan en coacciones leves, amenazas sin armas u otros instrumentos peligrosos, i
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