FERNÁNDEZ MADRID, JUAN CARLOS
En octubre de 2000, en oportunidad de aparecer la segunda edición de esta obra, apunté el estado de la situación laboral, signada por un avance creciente del neoliberalismo, por la destrucción de instituciones, la precarización de la situación de los trabajadores, la limitación de la acción sindical, y la ausencia del poder de policía del Estado.
Afortunadamente, en los últimos años, y por obra de la gestión gubernamental que se inició en el 2003, y los cambios profundos que se produjeron en la composición de los poderes Legislativo y Judicial, se avizora el abandono de aquellas doctrinas, y un panorama más optimista para la tutela del trabajo en todas sus formas.
La sanción de la ley 25.877, que derogó la tan criticada ley 25.250, así como otra legislación regresiva, dio base a la modificación sustancial de las reglas que tanto en lo individual como en lo colectivo regían las relaciones laborales. Asimismo la Corte Suprema de Justicia de la Nación en septiembre de 2004 emitió los fallos "Vizzotti" y "Aquino", y en jurisprudencia posterior, como en el caso "Madorran", interpretó el artículo 14 bis de la Constitución Nacional en conjugación con los tratados y convenciones de derechos humanos, reconociendo este último carácter a los derechos del trabajador.
En esta edición he recogido esas tendencias progresistas, manteniendo el estilo de la obra. Y he agregado un tercer tomo dedicado al Derecho Colectivo, que trato de explicar fundamentalmente a través de la realidad, de la experiencia, y de la jurisprudencia y doctrina nacionales.
Debo reconocer especialmente en esta edición la contribución de Yolanda Scheidegger de Lazzari para la actualización del Tomo Segundo, y la colaboración y dedicación de María Luján Garay para la elaboración del Tomo Tercero.
Como en todas mis obras, quiero dedicar una palabra final de agradecimiento especial a mi esposa Amanda Caubet, que en todo momento, me ha alentado para culminar esta obra.