VILALTA NICUESA, AURA-ESTHER / MÉNDEZ TOMÁS, ROSA MARÍA
La D.A. 1a. LO 3/1989 prevé que los procesos civiles, cualquiera que sea su cuantía, relativos a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos de motor, se decidirán en juicio verbal. Y la L. 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, no ha derogado de forma expresa la mencionada norma, lo que ha dado lugar a direrentes interpretaciones acerca del procedimiento a seguir. Pero con independencia de la clase de juicio en el que deberán ventilarse las reclamaciones derivadas de accidentes de tráfico, se estudian otras cuestiones procesales que serán de aplicación tras la entrada en vigor de la actual Ley procesal. Y ello sin prejuicio de abordar, a través de un exhaustivo estudio de la jurisprudencia menor, los conflictos surgidos al amparo de la ya citada D.A. 1a. L.O. 3/1989. Y, en concreto, cuestiones tales como sn ámbito material de aplicación, competencia territorial, postulación, la indemnización y criterios para su cuaidificación, intereses, intervención del Consorcio de Compensación de Seguros en relación con el requerimiento previo preceptivo y la competencia territorial en tales casos, así como los requisitos de la acción de responsabilidad extracontractual derivada de accidentes de tráfico, tanto desde un punto de vista sustantivo como procesal.
Se ofrece una visión práctica de todo aquello que se necesita saber para la interposición de estas acciones, así como para el ejercicio de una correcta defensa del demandado.
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