DONDÉ MATUTE, JAVIER
Cuadro de abreviaturas
Introducción
Principio I
Toda persona que cometa un acto que constituya delito de Derecho internacional es responsable de él y está sujeta a sanción.
Ximena Medellín Urquiaga
Principio II
Evolución del principio de legalidad a nivel internacional
Ana Cecilia Orta Rodríguez
Principio III
El hecho de que la persona que haya cometido un acto que constituya delito de Derecho internacional haya actuado como jefe de Estado o como autoridad del Estado, no la exime de responsabilidad conforme al Derecho internacional
Alberto Ulises Quera García 145
Principio IV
El hecho de que una persona haya actuado en cumplimiento de una orden de su gobierno o de un superior jerárquico no la exime de responsabilidad conforme al Derecho internacional, si efectivamente ha tenido la posibilidad moral de opción
Alberto Ulises Quero García
Principio V
Toda persona acusada de un delito de Derecho internacional tiene derecho a un juicio imparcial sobre los hechos y sobre el Derecho
Luis Benavides y Javier Dondé Matute
Principio VI (a)
Los delitos enunciados a continuación son punibles como delitos de Derecho internacional: delitos contra la paz
Isabel Montoya Ramos
Principio VI (b)
Los delitos enunciados a continuación son punibles como delitos de Derecho internacional: delitos de guerra
Carlos Uriel Salas Segovia
Principio VI (c).
Los delitos enunciados a continuación son punibles como delitos de Derecho internacional: delitos contra la humanidad
José A. Guevara B.
Principio VII
La complicidad en la comisión de un delito contra la paz, de un delito de guerra o de un delito contra la humanidad, de los enunciados en el Principio VI, constituye asimismo delito de Derecho internacional
Javier Dondé Matute
Conclusión
En términos históricos 70 años es un corto periodo. En 2015 se cumplen 70 años del fin del conflicto bélico más sangriento y trágico que haya vivido la humanidad y que fue iniciada por la locura de un oscuro cabo austriaco que, luego de "raptar" el alma del pueblo alemán, extendió por el mundo entero su furiosa doctrina de odio racial y muerte. Un corto periodo que parece que sucedió en la noche de los siglos.
La Segunda Guerra Mundial puso a la civilización en vilo. La humanidad estuvo muy cerca de sucumbir ante uno de los regímenes políticos más crueles de los que se haya tenido noticia en la larga marcha de la Historia (el siglo XX fue pródigo en ese tipo de sistemas).
Después de la guerra empezó a restablecerse lo que Sir Winston Churchill en su momento llamó "el orden moral del universo". Fue entonces cuando las naciones se enfrentaron al reto de juzgar a los criminales de guerra del Tercer Reich. Así fue como surgió el Tribunal de Núremberg en el que fueron juzgados destacados miembros del régimen nazi alemán.
Los principios de Núremberg es una obra cuya premisa es resaltar el legado que el Tribunal ha dejado para abonar el desarrollo del Derecho penal Internacional. Esta obra es un trabajo colectivo en el que se ha aplicado el rigor científico, para comprobar la hipótesis de que el Tribunal de Núremberg subsiste no solo como el epílogo de un catastrófico periodo, sino como una vasta herramienta hermenéutica indispensable en la interpretación histórica del Derecho penal internacional.
Ahora, 70 años después del fin de la guerra, es publicado este libro en un momento aciago en que resurgen los horrores del fanatismo en distintas partes del mundo. Los principios de Núremberg es un texto que nos muestra que la humanidad cuenta con grandes certezas contra la barbarie.
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