NUEVA POLÍTICA CRIMINAL PARA EL COMBATE DEL DELITO DE SECUESTRO

DOCUMENTO DE ANÁLISIS PARA LA DISCUSIÓN DE LA REFORMA LEGAL DE UNA LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCI

FÉLIX CÁRDENAS, RODOLFO

$ 140.00 MXN
7.62 $
6,69 €
Editorial:
UBIJUS, EDITORIAL SA DE CV
ISBN:
978-970-95720-5-6
Páginas:
137
Encuadernación:
Rústica
Colección:
SISTEMA ACUSATORIO

Disponibilidad:

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Prefacio

Presentación

NUEVA POLÍTICA CRIMINAL PARA EL COMBATE DEL DELITO DE SECUESTRO
(Documento de análisis para la discusión de la reforma legal de una ley General para Prevenir y Sancionar el Delito de Secuestro)

I. Introducción

II. Iniciativas de reforma de constitucional en materia de secuestro y el texto aprobado

III. Una nueva facultad concurrente distinta del caso de delitos previstos en leyes federales que contemplan facultades concurrentes

IV. ¿Cuál es la competencia que queda con la reforma para los estados y el Distrito Federal en materia de secuestro?

V.Distintos supuestos que se pueden presentar en la Ley General con la creación de los tipos penales de secuestro

VI. Iniciativas de ley en materia de secuestro
6.1. Iniciativa del Partido Revolucionario Institucional (PRI)
6.2. Iniciativa del Partido Acción Nacional (PAN) a instancia del dputado federal Carlos Alberto Pérez Cuevas
6.3. Anteproyecto 5º Reunión Regional de Procuradores Genrales de Justicia Zona Noreste y Noroeste. Ley para prevenir y sancionar los Delitos en Materia de Secuestro Reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 constitucional

6.4. Iniciativa de Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro, proveniente de la sociedad civil, particularmente de las organizaciones Alta al Secuestro A.C. y SOS A.C.

VII. Principio de igualdad y principio de proporcionalidad de las penas
Normas procesales previstas en la Ley General, para el delito de secuestro cometido por delincuencis organizada.

El delito de secuestro ha cobrado una presencia importante en nuestro país en los últimos años. Las cifras con las que se cuenta, oficiales y no oficiales son suficientes para demostrar su evidente incremento. Los acontecimientos ligados la mismo que en fechas recientes sacudieron a la sociedad mexicana han llevado a los titulares de las más latas esferas de gobierno del país a asumarse en una cruzada nacional para su frontal combate. El interés del estado mexicano por brindar una efectiva respuesta en ese compromiso, ha conducido no solo a una reforma constitucional que recoge al delito de secuestro y lo coloca en un plano de atención como anteriormente no se había visto, sino que se apuesta por un nuevo diseño; una nueva política criminal para hacerle frente. El poder revisor de la constitución ha decidido que esta materia se torne en una facultad concurrente sobre la base de una ley general, para que tanto la federación, como los estados de la República y el Distrito Federal aplicando el mismo instrumento leal y actuando sobre las bases claras de coordinación puedan responder a la exigencia social de seguridad que clama la sociedad mexicana. El "cambio de escenario" para hacer frente a este delito que ofrece el estado mexicano, conlleva el abandono en su aplicación de todos los códigos penales del país en lo concerniente al delito de secuestro, ya que se trata que su materia sea recogida en una ley general que provendrá del congreso de la unión; la cual deberá contener ahora ese delito en todas sus manifestaciones y que todos, sin excepción, deberán aplicar. En este camino, son muchas las cuestiones que merecerán respuesta: ¿Pena vitalicia a los secuestradores?¿Mismo trato al secuestro de delincuencia organizada que al secuestro convencional?¿Daño social como un nuevo concepto de reparación a favor de la comunidad?¿Deducibilidad de impuestos al rescate pagado?, etcétera. Los esfuerzos realizados por distintos actores para la discusión de una ley general en la materia, son objeto de éste análisis que no tiene otro fin que motivar a la reflexión en un momento en que justamente el congreso de la unión deberá debatir la configuración de una ley general para prevenir y combatir el delito de secuestro.

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