VILLAMARÍN LÓPEZ, Mª LUISA
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I. LA DETECCIÓN DE LA VERDAD Y DEL ENGAÑO EN EL PROCESO PENAL
CAPÍTULO II. MÉTODOS DE DETECCIÓN DEL ENGAÑO EN EL ÁMBITO CRIMINAL
1. BREVE HISTORIA DE LA DETECCIÓN DE LA MENTIRA EN EL ÁMBITO CRIMINAL
2. MÉTODOS ACTUALES DE DETECCIÓN DEL ENGAÑO
A) Métodos de detección del engaño en la comunicación verbal. El uso de la hipnosis y del suero de la verdad 25
B) Métodos de detección del engaño en la comunicación no verbal
C) Métodos de detección del engaño a través del examen de las respuestas fisiológicas del sujeto: el polígrafo
D) La habilidad de los profesionales como detectores de mentiras
E) Las limitaciones de los métodos estudiados
CAPÍTULO III. LOS AVANCES DE LA NEUROCIENCIA EN LA TAREA DE LA DETECCIÓN DEL ENGAÑO
1. INTRODUCCIÓN: NEUROCIENCIA Y DERECHO
2. TÉCNICAS NEUROLÓGICAS PARA LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD Y EL ENGAÑO EN EL PROCESO PENAL
A) Técnicas que ayudan a determinar la verdad de las declaraciones de los sujetos: detección del engaño mediante fMRI
B) Técnicas para comprobar la existencia de ciertos datos en el cerebro del sujeto: Brainfingerprinting y BEOS
3. PAÍSES EN LOS QUE SE EMPLEAN ESTAS TÉCNICAS
A) Estados Unidos
B) India
C) Grecia
D) Finlandia
E) Reino Unido
F) Francia
G) Italia
H) Israel y Singapur
4. POSIBLES USOS DE LAS TÉCNICAS NEUROLÓGICAS PARA LA DETECCIÓN DEL ENGAÑO EN EL ÁMBITO CRIMINAL
5. LA FIABILIDAD CIENTÍFICA DE ESTAS TÉCNICAS NEUROLÓGICAS
A) La fiabilidad científica de la técnica fMRI en la detección del engaño
B) La fiabilidad científica de la técnica del brainfingerprinting en la detección del engaño
C) Comparación con otros medios de investigación o prueba empleados en el proceso penal
6. EXAMEN DE LAS TÉCNICAS NEUROLÓGICAS A LA LUZ DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
A) El derecho a no declarar contra uno mismo y a no declararse culpable
B) El derecho a la intimidad
C) El derecho a la presunción de inocencia
CAPÍTULO IV. EL EMPLEO DE TÉCNICAS NEUROLÓGICAS PARA LA DETECCIÓN DE LA VERDAD Y EL ENGAÑO EN EL PROCESO PENAL ESPAÑOL
1. LA POSICIÓN DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL HASTA 2013
2. EL INICIO DE UNA NUEVA TENDENCIA EN NUESTROS TRIBUNALES
3. LA APLICACIÓN DE ESTAS TÉCNICAS EN EL PROCESO PENAL ESPAÑOL
A) Necesidad y utilidad de estas técnicas
B) Control de admisibi lidad de las técnicas neurológicas
C) Naturaleza jurídica de las técnicas neurológicas en el proceso penal
D) Cobertura legal
E) Requisitos de los que depende su práctica
F) Su ajuste a los derechos fundamentales
G) Valoración judicial de las técnicas neurológicas
RELACIÓN DE LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA CITADA
BIBLIOGRAFÍA
La detección del engaño con cierta fiabilidad es históricamente uno de los retos más importantes del proceso penal en su tarea de búsqueda de la verdad. Desde antiguo se han empleado métodos pseudocientíficos o científicos, generalmente con poco éxito y con escasísima fiabilidad. En los últimos años los avances realizados en los estudios sobre el funcionamiento del cerebro, sobre todo gracias al empleo del electroencefalograma y del escáner cerebral, se intentan aplicar a la tarea de detectar la mentira (fMRI) o de buscar en el cerebro la presencia de informaciones relevantes para la causa criminal (P300). y. de hecho, pese a que en España no han sido hasta ahora objeto de estudio -aunque sí se han autorizado en el último año de forma aislada en dos causas judiciales-, en muchos países existe un serio debate abierto, tanto en el campo académico como forense, sobre la oportunidad de emplear estas herramientas en el proceso penal y, de hecho, ya se han usado en ocasiones en la práctica judicial.
Esta obra pretende ilustrar sobre el funcionamiento y el estado de desarrollo científico de estas técnicas, para poder evaluar si cumplen las exigencias necesarias, desde el punto de vista científico y jurídico, como para poder incorporarlas al proceso penal y, en particular, al ordenamiento jurídico español.
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