GUÍA PRÁCTICA DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS. 4ª ED. 2022

ADAPTADA A LA LEY 16/2022, DE 5 DE SEPTIEMBRE, DE REFORMA DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL. DOCTRINA, ESQUEMAS, JURISPRUDENCIA Y FORMULARIOS

PUELLES VALENCIA, JOSÉ MARÍA

$ 1,640.00 MXN
$ 1,476.00 MXN
80.29 $
70,55 €
Editorial:
SEPÍN
Año de edición:
2022
ISBN:
978-84-1388-201-7
Páginas:
351
Encuadernación:
Rústica - Pasta blanda

Disponibilidad:

  • EXCLUSIVOS EN dijuris.com 12Libro físico - salida Inmediata
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Introducción

Capítulo I.

Guía Práctica de la segunda oportunidad de las personas físicas

El marco normativo del mecanismo de segunda oportunidad

I. La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización

II. El Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan Medidas Urgentes en materia de Refinanciación y Reestructuración de la Deuda Empresarial

III. El Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero, que dio lugar a la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de la Carga Financiera y Otras Medidas de Orden Social

IV. La Directiva (UE) 2019/1023, de 20 de junio de 2019, sobre Marcos de Reestructuración Preventiva, Exoneración de Deudas e Inhabilitaciones

V. El Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de Medidas Procesales y Organizativas para Hacer Frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

VI. El Texto Refundido de la Ley Concursal aprobado por RDL 1/2020, de 5 de mayo

VII. La Ley 2/2020, de 18 de septiembre, de Medidas Procesales y Organizativas para Hacer Frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

El acuerdo extrajudicial de pagos

I. Definición

II. Presupuestos subjetivos y objetivos en el acuerdo extrajudicial de pagos

1. ¿Quién puede solicitar el acuerdo extrajudicial de pagos?

2. ¿En qué circunstancias puede acudirse al acuerdo extrajudicial de pagos?

3. ¿Qué deudas se han de incluir en el acuerdo extrajudicial de pagos? ¿Cuáles no?

A) Acreedores de créditos con garantía real

B) Acreedores de créditos públicos

III. La tramitación del acuerdo extrajudicial de pagos

1. ¿Ante quién se presenta?

2. Contenido de la solicitud

A) Formulario normalizado de solicitud de AEP

B) Documentación de los arts. 635 y ss. TRLC

3. El mediador concursal

4. Efectos del inicio del expediente

A) Efectos sobre el deudor

B) Respecto de los acreedores

5. El contenido de la propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos. Documentos a acompañar. El contenido prohibido

6. La convocatoria y la reunión de acreedores

7. La aprobación y formalización del acuerdo extrajudicial de pagos

8. El AEP y la solicitud de preconcurso

IV. La impugnación del acuerdo extrajudicial de pagos

V. Los efectos del cumplimiento o incumplimiento

El concurso consecutivo

I. ¿Qué es el concurso consecutivo y quién lo presenta?

II. ¿Cuándo se presenta?

III. ¿Ante quién se presenta?

IV. ¿Cómo se inicia?

V. La tramitación del concurso consecutivo

1. Posibles causas de inadmisión del concurso consecutivo

2. El auto de declaración de concurso

3. El concurso exprés

4. Los informes del administrador concursal

5. La posibilidad de llegar a un Convenio de Acreedores.

6. La apertura de la liquidación. El plan de liquidación

VI. Especialidades en cuanto a la calificación de créditos

VII. Las operaciones de liquidación

VIII. Rescindibilidad de algunas operaciones del deudor. Especialidades en relación con la liquidación de la vivienda habitual

IX. La calificación del concurso

El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

I. Introducción

II. Presupuestos subjetivos y objetivos.

1. Presupuestos subjetivos

2. Presupuestos objetivos

III. Cómo se solicita

IV. Tramitación del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Vías de obtención. Oposición

V. Efectos del BEPI: Las deudas que se exoneran. Especial consideración del crédito público

VI. La revocación del beneficio

VII. Efectos frente a fiadores, avalistas y deudores solidarios

Capítulo II. Esquemas

Mecanismo de segunda oportunidad

Acuerdo extrajudicial de pagos

Concurso consecutivo

Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

Vías de exoneración (STS de 2 de julio de 2019)

Capítulo III. Jurisprudencia seleccionada

Cuestiones de competencia en el concurso consecutivo

Causas de inadmisión o sobreseimiento del concurso consecutivo

I. Inadmisión por existencia de un único acreedor

II. Sobreseimiento por no personación del deudor

III. Inadmisión por no haber intentado el acuerdo extrajudicial de pagos

IV. Inadmisión por no existir la situación de insolvencia

V. Otras causas de inadmisión

La vivienda habitual del concursado

El concurso consecutivo por insuficiencia de la masa (concurso exprés)

La retribución del administrador concursal

Sobre la calificación de determinados créditos por derivación de responsabilidad

Sobre el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI)

I. Sobre los requisitos del BEPI. El crédito público

1. Requisitos del BEPI. El crédito público

2. Resoluciones de interés sobre exoneración del crédito público anteriores al TRLC

II. Sobre el Plan de Pagos

III. Denegación del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho por ocultamiento de bienes

IV. Concurso culpable/fortuito

V. Régimen transitorio de la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

Casuística sobre la conclusión

I. La conclusión en los casos de insuficiencia de la masa

II. La conclusión del concurso y la exoneración cuando el deudor percibe un salario

III. Conclusión del concurso y existencia de un plan de pensiones

IV. La exoneración y el derecho de alimentos

V. La inclusión en ficheros de morosos

VI. La extensión de los efectos a fiadores, avalistas y obligados solidarios

Capítulo IV. Doctrina

Conclusiones de jornadas de magistrados especialistas en mercantil. Pamplona, 4, 5 y 6 de noviembre de 2015

Conclusiones del Seminario de Segunda Oportunidad del Consejo General del Poder Judicial. Madrid, 25 a 27 de enero de 2016

Criterios del Seminario de Jueces de lo Mercantil y Juzgado de 1.ª Instancia n.º 50 de Barcelona, de 15 de junio de 2016. Sobre la exoneración del pasivo insatisfecho del art. 178 bis LC

I. Requisitos para la exoneración

II. Régimen transitorio

III. Reglas sobre procedimiento

IV. Efectos de la exoneración

V. Revocación del beneficio

VI. Recursos

Congreso Anual de Jueces Especialistas en Asuntos de lo Mercantil celebrado en el mes de noviembre de 2016 en la ciudad de Santander (selección)

Proyecto de tramitación especial del concurso sin masa (Icab). Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 14 de mayo de 2019

Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 14 de mayo de 2019

Capítulo V. Formularios

Solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos

Acta de la reunión inicial con el deudor (

Modelo de carta/e-mail a los acreedores convocando la reunión (persona física empresaria/no empresaria) (SP/FORM/8150)

Envío de la propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos de persona física no empresaria

Propuesta alternativa de acuerdo extrajudicial de pagos presentada por un acreedor

Envío de la propuesta final de acuerdo extrajudicial de pagos

Acta de la reunión desaprobatoria del acuerdo extrajudicial de pagos

Acta aprobatoria del acuerdo extrajudicial de pagos con anexos

Solicitud de concurso voluntario de persona natural no empresaria (modelo general insolvencia actual)

Solicitud de concurso consecutivo de persona natural no empresaria presentado por el propio deudor por no haber podido llegar el acuerdo extrajudicial de pagos (

Solicitud de concurso consecutivo de persona natural empresaria presentado por el propio deudor por no poder cumplir el acuerdo extrajudicial de pagos

Auto declaración concurso voluntario persona natural no empresaria

Auto declaración concurso consecutivo persona natural empresaria presentado por el mediador

Escrito de personación del deudor persona física empresaria ante la solicitud de concurso del mediador manifestando la conformidad con la solicitud

Presentación de inventario de bienes y derechos por la administración concursal art. 525.1 TRLC

Informe del administrador concursal (art. 525.3 TRLC) (

Demanda incidental de impugnación de la lista de acreedores presentada por la concursada (

Escrito de la administración concursal solicitando el cambio del régimen de facultades por el de sustitución

Escrito de la administración concursal presentando los textos definitivos

Plan de liquidación de la administración concursal

Auto aprobatorio del plan de liquidación sin que se hayan producido observaciones a la propuesta del AC

Escrito de la administración concursal calificando el concurso como fortuito

Escrito de conclusión del concurso solicitado por la administración concursal e informe final de liquidación

Escrito de la administración concursal de rendición de cuentas

Escrito del deudor solicitando el beneficio de exoneración por el régimen general (modelo general sin crédito público o por alimentos)

Escrito del deudor solicitando el beneficio de exoneración por el régimen especial (modelo plan de pagos sin crédito público o alimentos)

Escrito del deudor solicitando el beneficio de exoneración por el régimen especial (modelo plan de pagos con crédito público o alimentos)

Escrito del deudor solicitando el cambio del régimen de la exoneración pasando al régimen especial (modelo plan de pagos con crédito público o alimentos)

Escrito del deudor solicitud de concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, transcurridos cinco años cumpliendo el plan de pagos

Escrito del deudor solicitud de concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, transcurridos cinco años incumpliendo el plan de pagos

La reforma de la Ley Concursal ha supuesto un verdadero cambio en nuestro sistema de segunda oportunidad. Un cambio que, aunque nacido para adaptarnos a la Directiva Europea de insolvencias, ha permitido que podamos afirmar que nos encontramos ya ante un verdadero derecho a la segunda oportunidad. Como sucede con otros derechos, no estamos ante un derecho absoluto, sino ante un derecho cuya definición y límites se encuentran recogidos en la propia norma. Un derecho que, para que sea reconocido, es necesario que se ejercite ante nuestros tribunales. Por ello, hay que conocer cómo hacerlo y cómo hacerlo con garantías.

Además, al encontrarnos ante un doble itinerario de cara a su concesión, es necesario trazar una estrategia para conseguir la plasmación de ese derecho en una resolución judicial por una vía u otra. Para todo ello, y gracias a la Editorial Jurídica Sepín, hemos preparado la 4.ª edición de la Guía Práctica de la Segunda Oportunidad de las Personas Físicas, ya adaptada a la reforma que entra en vigor el 26 de septiembre. Una edición que es, a la vez, un libro nuevo en el que, gracias a los comentarios, los nuevos formularios y los esquemas, nos acercaremos a la reforma de una manera práctica a la vez que profunda. Todo ello para que podamos saber cómo ejercitar ese derecho en beneficio de aquellos que legalmente merezcan su reconocimiento. Una obra que, como nos indica su título, es una auténtica guía en el proceso de segunda oportunidad, pero que nos va a ser igualmente útil como libro de consulta. Espero que merezca de ustedes tal calificación.

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