MEJÍA AZUERO, JEAN CARLO / CHAIB DE MARES, KELLY
Parte 1. Compendio de derecho humanitario
1. Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos en los ejércitos en campaña (Ginebra, 22 de agosto de 1864)
2. Convenio sobre la protección de las instituciones artísticas y científicas y de los monumentos históricos (Pacto Roerich) (Washington, 15 de abril de 1935)
3. Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio. 9 de diciembre de 1948 (Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, pro la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948)
4. Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña (Convenio I) (Ginebra, 12 de agosto de 1949)
5. Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II) (Ginebra del 12 de abril al 12 de agosto de 1949)
6. Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III) (Ginebra, 12 de abril al 12 de agosto de 1949)
7. Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra (Convenio IV) (Ginebra, 12 de abril al 12 de agosto de 1949)
8. Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad (Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII), de 26 de noviembre de 1968)
9. Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I). (Aprobado el 8 de junio de 1977 por la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación y el Desarrollo Internacional Humanitario Aplicable en los Conflictos Armados)
10. Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II) (Aprobado el 8 de junio de 1977 por la Conferencia diplomática sobre la reafirmación y el desarrollo del Derecho Internacional Humanitario aplicable en los Conflictos Armado)
11. Convención Internacional contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios (Asamblea General de las Naciones Unidas, el 4 de diciembre de 1989)
12. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (Roma, aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional)
13. Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (New York, 25 de mayo de 2000)
14. Protocolo III adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Ginebra, 08 de diciembre de 2005)
Parte 2. Artículos
1. Generalidades de los Derechos Humanos
2. Antecedentes, Concepto y Principios del Derecho Internacional Humanitario
3. El Estado Colombiano en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
4. Las Fuerzas Militares y la Corte Penal Internacional
5. Examen Preliminar de Colombia ante la Corte Penal Internacional
6. Condición de Víctima en Contexto de Conflicto Armado
7. Justicia Transicional con Enfoque de Género
El derecho de Ginebra o derecho humanitario propiamente dicho, tiende a salvaguardar a los militares fuera de combate, así como a las personas que no participan en las hostilidades. Se concreta en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, que acaban de completarlos dos Protocolos adicionales de 1977, dan inicio a una era en la que se da la primacía al hombre, y a los principios de humanidad.
Por su parte, aunque los textos de La Haya son también de inspiración humanitaria, será objeto de otro convenio, toda vez que se basan parcialmente en las necesidades militares y en la conservación del Estado. Es de anotar que los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra, recientemente firmados, contienen materias que hasta entonces pertenecían tradicionalmente al derecho de La Haya, como son, el comportamiento de los combatientes y la protección de la población civil contra los peligros de la guerra.
Así existen normas consuetudinarias confirmadas por tratados multilaterales y normas que eran parte de un tratado y que, mediante su aceptación general por la comunidad internacional, han logrado tener el valor de normas consuetudinarias, por tanto, tiende a
desaparecer la distinción entre el movimiento de Ginebra y el de La Haya.
En todo caso, como ejercicio académico se propone una división para estudiar los instrumentos internacionales que hacen parte del Derecho Humanitario propiamente dicho, con las leyes nacionales que las aprueban y los pronunciamientos de constitucionalidad de la Corte al respecto.
Se presenta entonces en esta obra, la mencionada normatividad junto con las reflexiones acerca de los principios del derecho Internacional Humanitario; los Derechos Humanos que deben ser respetados y protegidos en todo tiempo, incluso en contexto de
conflicto; sus mecanismos de protección, y las poblaciones principales víctimas de la guerra.
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