VALADEZ DÍAZ, MANUEL
CAPÍTULO UNO
PRINCIPIOS Y CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA ACUSATORIO Y ORAL
1. Introducción
2. Principio de publicidad
3. Principio de contradicción
4. Principio de concentración
5. Principio de continuidad
6. Principio de inmediación
7. Otros principios aplicables al proceso penal oral
8. La reforma constitucional en materia de seguridad y justicia 2007-2008, el Código Nacional de Procedimientos Penales y los juicios orales
8.1 Análisis del artículo 16 de la CPEUM
8.1.1 Análisis del tercer párrafo del artículo de la CPEUM
8.1.2 Análisis del cuarto párrafo del artículo 16 de la CPEUM
8.1.3 Análisis de los párrafos quinto, sexto y séptimo del artículo 16 de la CPEUM
8.1.4 Análisis de los párrafos ocho y nueve del artículo 16 de la CPEUM
8.1.5 Análisis de los párrafos décimo, décimo primero y décimo segundo del artículo 16 de la CPEUM
8.1.6 Análisis de los párrafos décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto y décimo sexto del artículo 16 de la CPEUM
8.2 Análisis del artículo 17 de la CPEUM
8.3 Análisis del artículo 18 de la CPEUM
8.4 Análisis del artículo 19 de la CPEUM
8.5 Análisis del artículo 20 de la CPEUM
8.5.1 Primer párrafo del artículo 20 de la CPEUM
8.5.2 Análisis de la fracción I del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.3 Análisis de la fracción JI del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.4 Análisis de la fracción JII del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.5 Análisis de la fracción IV del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.6 Análisis de la fracción V del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.7 Análisis de la fracción VI del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.8 Análisis de la fracción VII del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.9 Análisis de la fracción VIII del apartado 'A' primer párrafo del artículo 20 de la CPEUM
8.5.10 Análisis de la fracción IX del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.11 Análisis de la fracción X del apartado 'A' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.12 Análisis de la fracción I del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.13 Análisis de la fracción II del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.14 Análisis de la fracción JII del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.15 Análisis de la fracción N del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.16 Análisis de la fracción V del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.17 Análisis de la fracción VI del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.18 Análisis de la fracción VII del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.19 Análisis de la fracción VIII del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.20 Análisis de la fracción IX del apartado 'B' del artículo 20 de la CPEUM
8.5.21 Análisis del apartado 'C' del artículo 20 de la CPEUM
8.6 Análisis del artículo 21 de la CPEUM
8.7 Análisis del artículo 22 de la CPEUM
8.8 Análisis del artículo 73 de la CPEUM
8.9 Análisis del artículo 115 de la CPEUM
8.10 Análisis del artículo 123 de la CPEUM
CAPÍTULO DOS
EL JUEZ MEXICANO ANTE EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL
1. Introducción
2. El perfil del juzgador mexicano para el siglo XXI
2.1 Juez especialista en materia penal y procesal penal del sistema acusatorio
2.2 Juez con capacidad de aprendizaje de las nuevas exigencias de la impartición de justicia
2.3 Juez con capacidad para escuchar el derecho ante la doble realidad de la información del sistema acusatorio
2.4 Juez con habilidad para discriminar la información vertida en audiencia
2.5 Juez con capacidad de adaptación para un nuevo manejo administrativo de la impartición de justicia
2.6 Juez hábil en el manejo de recursos e insumos tecnológicos
2.7 Juez con capacidad de dirección de la audiencia
2.8 Juez con un manejo sencillo del lenguaje jurídico, mismo que le permita acceder al horizonte de conocimiento del justiciable
2.9 Juez académico ante los espacios de penumbra existentes en el sistema acusatorio
2.10 Juez con sentido crítico de la realidad
2.11 Juez con responsabilidad y sentido social
2.12 Juez vigilante del debido proceso y de la legalidad
2.13 Juez especialista en justicia alternativa
2.14 Juez aplicador del control difuso en protección de los derechos fundamentales de las partes
2.15 Juez vigilante de la legalidad de los actos de investigación del Ministerio Público
CAPÍTULO TRES
ANÁLISIS DE LA LABOR DEL JUZGADOR EN LAS PRINCIPALES AUDIENCIAS DEL SISTEMA ACUSATORIO Y ORAL MEXICANO
1. Introducción
2. Tipología del juzgador en el sistema acusatorio penal oral
2.1 Juez de Control
2.2 El Juez de control y la etapa de Investigación
2.2.1 Control Judicial sobre la abstención de investigar, el archivo temporal, el no ejercicio de la acción penal y el otorgamiento de criterios de oportunidad realizados por el Ministerio Público
2.2.2 Control judicial sobre providencias precautorias
2.2.3 Audiencia de control judicial para la autorización de exámenes y pruebas en las personas
2.2.4 Control judicial de la audiencia inicial
2.2.4.1 Control de detención por flagrancia o caso urgente
2.2.4.2 Formulación de imputación
2.2.4.3 Imposición de medidas cautelares
2.2.4.4 Determinación de la procedencia de la vinculación o no a proceso
2.2.4.5 Control judicial del plazo para cierre de investigación
2.2.5 Audiencia de control judicial de los criterios de oportunidad
2.2.6 Audiencia de prueba anticipada
2.2.7 Justicia restaurativa
2.2.7.1 Acuerdos repara torios
2.2.7.2 Suspensión condicional del proceso
2.2.8 Audiencia de procedimiento abreviado
2.2.9 Audiencia intermedia
2.2.9.1 Control judicial de los acuerdos probatorios
2.2.9.2 Control judicial de los medios de prueba a desahogar en la audiencia de debate en juicio oral
2.2.9.2.1 Prueba superabundante
2.2.9.2.2 Prueba irrelevante
2.2.9.2.3 Prueba inadmisible
2.2.9.2.4 Prueba de hechos públicos y notorios
2.2.9.2.5 Prueba ilícita
2.2.9.3 Control judicial del auto de apertura a juicio oral
3. Juez de Tribunal de enjuiciamiento
3.1 Control judicial de las causas de suspensión de la audiencia de debate
3.2 Control judicial de la dirección de la audiencia
3.3 Control judicial de la prueba superveniente
3.4 Control judicial del acusado en audiencia y de su posible declaración
3.5 Control judicial respecto de la declaración de testigos especiales
3.6 Control judicial de la declaración de testigos con parentesco respecto del acusado
3.7 Control judicial de la declaración de profesionistas bajo impedimento de Ley
3.8 Control judicial para la deliberación y aplicación de la libre y lógica valoración mediante la fundamentación y motivación de las sentencias
PROPUESTAS
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS CONSULTADAS
La hipótesis e hilo conductor de la presente obra, se desarrolla dentro del contexto que para la evaluación de la labor del juzgador en materia penal oral otorga la operación del sistema acusatorio y oral que en nuestro país se deriva tanto de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia del año 2008, como del contenido normativo del Código Nacional de Procedimientos Penales (cnpp), pues se afirma que dado el gran cambio que representa para todos los operadores, transitar de un sistema inquisitivo-mixto hacia otro de corte acusatorio y oral, el perfil del juzgador en materia penal oral no podía quedar ajeno a esta situación, pues dicha figura y bajo la óptica del sistema acusatorio, se transforma igualmente para mostrarse como un funcionario que debe cumplir exigencias distintas a las comúnmente aceptadas, para el adecuado desempeño de la función jurisdiccional.
Por ello, dicho funcionario deberá contar con habilidades, destrezas y conocimientos distintos de los que le eran necesarios para desempeñar su actividad dentro del también llamado sistema tradicional de impartición de justicia en materia penal, tales como el control de la audiencia y de las intervenciones de las partes, el manejo adecuado de la argumentación, así como la capacidad para resolver en audiencia y de forma inmediata a las pretensiones de las partes.
Asimismo, se acepta que de forma independiente al sistema de procesamiento criminal que se trate, resulta obligada la existencia de criterios que permitan revisar y evaluar posteriormente la actividad jurisdiccional, ya que sólo así se podrá conocer la calidad de la impartición de justicia que se ofrece por los poderes judiciales a la sociedad.
No obstante, el cambio del paradigma inquisitivo-mixto de impartición de justicia criminal, hacia el diverso de corte acusatorio, ha provocado la necesidad de establecer criterios o indicadores que permitan evaluar la actividad del juzgador oral, pues los criterios que se utilizaban para evaluar a los jueces tradicionales, no resultan aplicables en su gran mayoría a los funcionarios jurisdiccionales de oralidad en materia penal.
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