ESCALERA MONTAÑO, CARLOS
Capítulo I. Teorías causalistas
Teorías causalistas
Teoría generalizadora de la equivalencia de las condiciones
Límites a la teoría de la equivalencia (procesos de causalidad hipotética)
La interrupción del nexo causal
Teoría de la causalidad adecuada
Teoría de la relevancia
Teorías individualizadoras
Capítulo II. Construcción de la moderna teoría de la imputación objetiva del resultado
Construcción dogmática de la teoría de la imputación objetiva del resultado
Antecedentes de la imputación del resultado: Platón, Aristóteles, Pufendorf Hegel
Precursores de la moderna teoría de la imputación objetiva
La tesis de Gimbernat
La moderna teoría de la imputación objetiva del resultado
Sistema funcional racional-final o teleológico del Derecho penal
La teoría de la imputación objetiva del resultado de Roxin
El riesgo o peligro en el marco de la imputación objetiva
Creación de un riesgo no permitido
La realización del riesgo no permitido en el resultado
Los cursos causales anómalos
La exclusión de la imputación en resultados que no están cubiertos por el fin de la norma de cuidado
El alcance del tipo
Capítulo III. La teoría de imputación objetiva de Jakobs
El funcionalismo sociológico o funcionalismo-radical
Renormativización de las categorías dogmáticas del Derecho penal
La imputación objetiva
Presupuestos de la imputación objetiva
El riesgo permitido
Principio de confianza
Prohibición de regreso
Ámbito de responsabilidad de la víctima
La imputación del resultado
La imputación en los delitos de omisión impropia
Los delitos de comisión por omisión en el Código Penal Federal
Capítulo IV. Criterios de las modernas teorías de imputación objetiva en el Código Penal Federal
La imputación objetiva en el Código Penal Federal
La responsabilidad por la comisión del delito de homicidio
Posturas de Luis Jiménez de Asúa y Mariano Jiménez Huerta
Criterios del Poder Judicial de la Federación
Análisis de los artíeulos 303, 304 y 305 del Código Penal Federal
Criterios de imputación objetiva del resultado en el Código Penal Federal
Los delitos de comisión por omisión en el Código Penal Federal desde la perspectiva de la imputación objetiva
Luis Jiménez de Asúa, en 1946, en su obra Códigos penales iberoamericanos, estudio de legislación comparada, sostuvo que conforme a la estructura de los tipos penales en los delitos de homicidio por lesiones, la codificación penal mexicana se inclina por la teoría de la equivalencia de las condiciones (conditio sine qua non) que postula que todas las condiciones son equivalentes entre sí, es decir, conforme al principio de causalidad, todas tienen el mismo valor causal; por tanto, cada una de ellas es causa del resultado.
Más adelante, Mariano Jiménez Huerta, en 1972, en su texto Derecho penal mexicano, aduce que la teoría de la causalidad adecuada (sólo la condición adecuada es la que determina el resultado) es la que mayor influencia tiene en la solución de los delitos de homicidio por lesiones.
Al parecer, el Poder Judicial para resolver el homicidio por lesiones se ha inclinado por la tesis de Jiménez de Asúa. Así se deduce de la jurisprudencia por reiteración (1997), pronunciada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, bajo el rubro: LESIONES QUE INDIRECTAMENTE OCASIONAN LA MUERTE. CAUSALIDAD. En materia de lesiones que indirectamente causan la muerte se aplica el principio jurídico que rige la causalidad, que se enuncia diciendo que lo que es causa de la causa, es causa del daño causado.
En el presente trabajo, con el fin de constatar si efectivamente es la teoría de la equivalencia o de la causalidad adecuada la que permea en el Código Penal Federal, se hace un estudio de las teorías generalizadoras e individuales que engloban el sistema causal, más adelante se hace un análisis de las teorías de imputación que surgieron posteriormente a ellas como son: las de la imputación objetiva del resultado, elaborada con una clara orientación político-criminal por Claus Roxin, en los años setenta, y una segunda, ordenada con base en el funcionalismo sistémico o radical por Günther Jakobs, en los ochenta del siglo pasado.
En ese contexto, desde la posición aquí sostenida, tenemos que de una interpretación teleológica-sistemática de los artículos 303, 304 y 305 del Código Penal Federal, se infiere, que de ellos subyacen criterios de las anteriores teorías de la imputación objetiva como excluyentes de responsabilidad, por ejemplo: el riesgo permitido, la relevancia de la acción para el Derecho penal, que el hecho no esté cubierto por el fin de la norma de cuidado (Roxin), o bien, que el resultado sea producto de un riesgo permitido, o bajo los presupuestos del principio de confianza o de la prohibición de regreso (Jakobs). Criterios que sin duda alguna, superan los de la teoría de la equivalencia de las condiciones y de la causalidad adecuada, y permiten resolver con mayor transparencia los delitos de homicidio por lesiones y en general, los delitos de resultado (lesiones, daño en las cosas, etc.) sin que ello signifique una vulneración al principio de legalidad.
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