BELLAMY, RICHARD / MANUEL ESTRADA. DISEÑO GRÁFICO / GALLEGO ALDAZ, SANTIAGO
Prefacio y agradecimientos
Introducción: constitucionalismo legal y constitucionalismo político
Primera PARTE
CONSTITUCIONALISMO LEGAL
Capítulo I. Los derechos constitucionales y los límites del control judicial
1. Los derechos constitucionales y «las circunstancias de la justicia»
2. Los derechos constitucionales y «las circunstancias de la política»
3. La tiranía de la minoría: por qué la revisión judicial no puede tomarse en serio los derechos
4. La cultura de los derechos
5. Conclusión
Capítulo II. EL ESTADO DE DERECHO Y EL GOBIERNO DE
LAS PERSONAS
1. La idea del Estado de derecho y su valor
1.1. El Estado de derecho y las circunstancias de lo político
1.2. El gobierno arbitrario y el Estado de derecho
2. La primacía de lo legal
2.1. Hayek: siguiendo el reglamento
2.2. Juzgar en base a principios: Dworkin
3. La primacía de lo político
3.1. La política del Estado de derecho
3.2. Democratizar el poder judicial
4. Conclusión
Capítulo III. El constitucionalismo y la democracia
1. Democracia constitucional: perspectivas sustantivas
1.1. Dworkin y los derechos sustantivos de la ciudadanía
1.2. Rawls y el contrato de los ciudadanos
2. Democracia constituyente: perspectivas procedimentales
2.1. Controlar el proceso democrático: J. H. Ely
2.2. Nemo iudex in sua causa: acabar con el monopolio de los vencedores
de la democracia con respecto a los métodos de su éxito
3. Democracia constitucionalista: ¿Un término medio
entre sustancia y procedimientos?
3.1. La sustancia de los procedimientos: el enfoque de Burt-Ginsburg
3.2. Procedimientos sustantivos: Habermas y las precondiciones del discurso democrático
4. Democracia constitutiva: el constitucionalismo populista
4.1. La política constitucional: Nosotros, el pueblo, de Bruce Ackerman
4.2. Constitucionalismo popular
5. Conclusión
SEGUNDA Parte
CONSTITUCIONALISMO POLÍTICO
Capítulo IV. Las normas del constitucionalismo político: igualdad política y no dominación
1. La despolitización de la constitución, fuente de
dominación
2. Repolitizar la constitución: de la no-dominación
a la democracia
2.1. Republicanismo, liberalismo y constitucionalismo
2.2. Libertad negativa
2.2.1. Libertad como no-interferencia
2.2.2. Libertad como no-dominación
2.3. Igual consideración y respeto
2.3.1. El republicanismo y el constitucionalismo legal sustantivo
2.3.2. El republicanismo y el constitucionalismo legal procedimental
3. Conclusión
CAPÍTULO V. Las formas del constitucionalismo político:
uso público de la razón y equilibrio de poderes
1. Las formas políticas de republicanismo y las «circunstancias de la política»
2. Uso público de la razón: ¿sustancia o procedimiento?
2.1. Perspectivas sustantivas del uso público de la razón
2.1.1. Objetividad y uso público de la razón
2.1.2. Rawls y el uso público de la razón en la constitución
2.1.3. El debate democrático a través del uso público de la razón
2.2. Versiones procedimentales del uso de la razón pública
3. El equilibro de poderes
3. Conclusión
CAPÍTULO VI. Unificando normas y formas: la constitución
democrática
1. No Dominación e igualdad política
1.1. La igual consideración de los intereses y las circunstancias de la política
1.2. Resultados iguales: las perspectivas del bienestar y la democracia sobre el gobierno no arbitrario
1.3. El proceso igual: la participación democrática como ausencia de arbitrariedad
2. El uso público de la razón
2.1. Votos iguales
2.2. La regla de la mayoría
3. El equilibrio de poderes
4. La constitucionalidad de la política legislativa
4.1. El control del ejecutivo: los tribunales de justicia contra los cuerpos legislativos
4.2. ¿Casos difíciles? Los estados de emergencia y los políticamente indefensos
5. Conclusión
CONCLUSIÓN
La revisión judicial llevada a cabo por los tribunales constitucionales se presenta a menudo como un complemento indispensable de la democracia. Este libro cuestiona su efectividad y su legitimidad. Apoyándose en la tradición republicana, Richard Bellamy argumenta que, para garantizar los derechos y el Estado de derecho, los mecanismos democráticos -elecciones abiertas entre partidos en competencia y toma de decisiones mediante la regla de la mayoría- ofrecen un método que se basta a sí mismo y que resulta preferible. Al no tener que rendir cuentas, la revisión judicial se convierte en una forma de dominación arbitraria que carece del incentivo que sí tiene la estructura de la democracia para asegurar que los gobernantes traten a los gobernados con igual consideración y respeto. La revisión judicial basada en derechos socava la constitucionalidad de la democracia. Su sesgo contramayoritario favorece a los privilegiados frente a las minorías desfavorecidas, su legalismo y su atención a los casos individuales distorsionan el debate público. Lo primordial no debería ser limitar la democracia mediante constituciones escritas y una mayor vigilancia judicial, sino mejorar los procesos democráticos a través de medidas tales como la reforma de los sistemas electorales o el perfeccionamiento del control parlamentario.
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