PÉREZ GALLARDO, LEONARDO BERNARDINO
Prólogo
Ángel Acedo Penco
Los derechos de la personalidad en clave constitucional
Carlos Manuel Villabella Armengol
Libertad y derechos. Apuntes para una reconstrucción iusfílosófica
Alejandro González Monzón
Persona, derechos inherentes a la personalidad y dignidad humana: una tríada inseparable
Caridad del Carmen Valdés Díaz
Miradas a la libertad, la autonomía privada y el libre desarrollo de la personalidad desde el modelo social de la discapacidad. Múltiples enfoques a partir de su regulación constitucional
Joarma Pereira Pérez
El derecho a la vida, inherente a la personalidad, en el marco constitucional cubano: contenido y alcance de su regulación
Jesús Armando Martínez Gómez
El derecho al honor en la Constitución de 2019: reflexiones en torno a su reaparición
Alie Pérez Véliz
Del derecho a la identidad personal y su reconocimiento en la Constitución cubana de 2019
Caridad del Carmen Valdés Díaz
Tutela y defensa del derecho a la identidad personal en el ámbito jurisdiccional familiar bajo el manto constitucional
Jetzabel Mireya Montejo Rivero, Yaimara Martínez Sifontes
El derecho a la integridad física y la esterilización
Pedro Luis Landestoy Méndez
Sexualidad y reproducción como facetas del derecho a la integridad corporal. Su proyección constitucional en Cuba
Yairis Arencibia Fleitas
El derecho de disposición sobre el cadáver en la dogmática del artículo 46 de la nueva Constitución de la República de Cuba. ¿Reconocimiento explícito o implícito?
Jorge Enríquez Sordo
La protección de la imagen de las personas fallecidas
Leonardo B. Pérez Gallardo
Notas sobre el derecho a la propia voz
Leonardo B. Pérez Gallardo
Nuevas miradas a un viejo derecho: la intimidad personal y familiar
Ana María Álvarez-Tabío Albo
La reciente Constitución cubana, objeto de estudio en esta obra, que entró en vigor al publicarse en la Gaceta Oficial República de Cuba de 10 de abril de 2019 (...) viene a incluir entre sus preceptos, no solo la práctica totalidad de los derechos humanos que se recogen en los treinta artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948, incluyendo, desde luego, los referidos, o que tienen conexión, con los derechos de la personalidad, sino también los derivados de las nuevas tecnologías. Tiene especial relevancia el artículo 40 de la reciente norma cubana, a cuyo tenor: 'La dignidad humana es el valor supremo que sustenta el reconocimiento y ejercicio de los derechos y deberes consagrados en la Constitución, los tratados y las leyes', así como el artículo 41 que lo complementa, dotando de mayor eficacia a los derechos de la personalidad que se reconocen y extraen, en especial, de sus artículos 46 al 55 sin perjuicio de las particulares implicaciones de otros preceptos relacionados o concordantes, como resulta ser el supuesto del artículo 62, entre otros.
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