FERRAJOLI, LUIGI
50. Un referéndum abrogativo de los «delitos de opinión»
51. «Magistratura Democrática» y el ejercicio alternativo de la función judicial
I. La ideología de la apoliticidad de la función judicial
II. Significado y función política del mito de la apoliticidad
III. La opción de clase de «Magistratura Democrática» y el programa de una jurisprudencia alternativa
IV. Contenidos y método para una jurisprudencia alternativa
V. La relación deljuez con el exterior y la contestación de su rol
52. Aborto, moral y derecho penal
53. Marxismo y cuestión criminal
54. Derechos, garantías y mistificación jurídica
55. Arrepentimiento procesal e inquisición penal
56. Cárcel y derechos fundamentales
57. El caso «7 de abril». Lineamientos de un proceso inquisitivo
I. Introducción
II. Orígenes del proceso «7 de abril»: la investigación padovana sobre la Autonomía de 1977
III. Las acusaciones iniciales y sus metamorfosis sucesivas
IV. Las nuevas imputaciones. La defensa negada
V. Historiografía complotista e inquisición. Los documentos y los hechos
VI. Epistemología de la inquisición: la irrefutabilidad de la acusación
VII. El proceso político y la jurisdicción de emergencia. El imputado como enemigo
VIII. El proceso por medio de la prensa y la cultura del complot
58. El imputado como enemigo: un «topos» de la jurisdicción de emergencia
59. La ley sobre la disociación. Un nuevo producto de la cultura de la emergencia
60. Precariedad de los valores de referencia y emergencia
61. Pactos penales y crisis de la jurisdicción
62. Antinomias de una reforma (comentarios críticos al nuevo Código Procesal Penal italiano)
63. Por un programa de derecho penal mínimo
I. Derecho penal y paz. La crisis del derecho penal
II. La nueva cuestión criminal
III. La nueva cuestión penal
IV. El futuro del derecho penal. Un programa de derecho penal mínimo
64 El problema moral y el rol de la ley
I. Introducción
II. El problema moral del aborto
III. El problema moral de la punición del aborto
IV. La libertad femenina como «babeas Corpus»
V. Aborto y «lenguaje de los derechos»
65. El crimen de genocidio y el nacimiento de un derecho penal internacional
I. La Convención sobre el Genocidio y la constitución del derecho internacional
II. Los límites sustanciales del tipo de genocidio
III. La inefectividad de la Convención sobre el Genocidio
IV. La resolución 808 y el tribunal internacional para la ex-Yugoslavia
66. Igualdad penal y garantismo
I. El nexo entre igualdad y garantismo
II. Tres formas de subjetivización y diferenciación del derecho penal
III. Un programa de derecho penal mínimo
67. La justicia penal en la crisis del sistema político
I. Cuestión penal y crisis de la legalidad
II. Las caídas de las garantías y los peligros para la jurisdicción
III. La salida de Tangentopoli
68.El caso Pinochet: impunidad de los crímenes contra la humanidad y democracia
I. Impunidad y democracia
II. Los fundamentos jurídicos del proceso español contra Pinochet
III. Los procesos contra Pinochet en Italia
IV. El valorjurídico y político del proceso a Pinochet
69. Sobre el derecho penal mínimo (respuesta a Giorgio Marinucci y Emilio Dolcini)
I. Malentendidos
II. Disensos
70. Prólogo al libro de Nicolás Guzmán, «La verdad en el proceso penal. Una contribución a la epistemología jurídica»
71. Garantismo penal
72. Sobre la deontología profesional de los abogados
I. La ética de los abogados. Un tema descuidado
II. Dos modelos opuestos de abogado y de deontología forense
III. Una posible conciliación de los dos modelos
IV. Garantía de la defensa y deontología forense
73. Filosofía del mal y garantismo
I. Presentación
II. Constitucionalismo y garantismo como el «nunca más» a los poderes ilimitados y salvajes
III. Elconstitucionalismodemocrático:unnuevoparadigma.Elconstitucionalismo del futuro
IV. Discusión
El presente podría ser considerado un prólogo a la tercera edición de las obras publicadas en el año 2000 (Delito de tráfico de niños), y 2007 (Delito de trata o tráfico de niños). Pero esta reducción del objeto de estudio, resultaría incompleto en la actualidad, y posiblemente de poca utilidad, debido a que las modernas legislaciones han modificado favorablemente sus estructuras, dando lugar al análisis de la persona como objeto del delito de trata, dentro del cual se deben incluir consecuencias jurídicas más gravosas cuando el sujeto pasivo es un menor de determinada edad. De manera tal que ahora deben considerarse y justificarse las diferencias necesarias que fundamentan el contenido de otro trabajo, comprensivo del estudio de la persona en sus distintas edades.
Dada la envergadura que ha manifestado la afectación de bienes jurídicos de mujeres y niños, fundamentalmente en nuestras sociedades en los últimos tiempos, y consecuentes con los acuerdos emanados del Protocolo de Palermo, referido al Tráfico de Personas desde perspectivas político criminales, se ha percibido la necesidad de legislar respecto del tema de trata de personas con criterios más amplios, comprensivos no solo de la preservación de bienes jurídicos de las víctimas en el ámbito penal, sino también del resguardo que se les debe prestar para evitar su victimización o revictimización, así como las prevenciones a seguir en las distintas etapas de los procedimientos, incluyendo los administrativos, desde el momento mismo de la denuncia de los hechos.
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