GÓNGORA PIMENTEL, GENARO DAVID
Invitación a la lectura
Introducción
I. Legitimación de los promoventes
1. Comisionado Nacional de Derechos Humanos
II. Consideraciones previas acerca de la complejidad del problema
1. Informes en materia de salud
2. Causas penales
3. Prueba pericial y comparecencias
III. Estudio de fondo
1. Relevanci de los temas de derechos humanos y fundamentales de mujeres
2. Estudios de preceptos de la Constitución mexicana y marco jurídico aplicable
2.1. Artículo 1o de la Constitución
2.2. Artículo 2o de la Constitución
2.3. Artículo 3o de la Constitución
2.3.1. Antecedentes legislativos
2.3.2. Igualdad entre el varón y la mujer
2.3.3. Derecho de procreación
2.3.4. Derecho de la protección de la salud
2.3.5. Derecho de la niñez a su desarrollo integral
2.3.6. Protección al producto de la concepción
2.4. Artículo 123, apartados a, fracciones vyxv, y b, fracción
XI, inciso c), de la Constitución, 45.
2.5. Artículo tercero transitorio del decreto que reformó los artículo 30, 32 y 37 constitucionales en materia de nacionalidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 20 de marzo de 1997
2.6. Instrumentos internacionales
2.6.1. Conveción sobre los Derechos del Niño
2.6.2. Pacto internacional de Derechos Civiles y Politicos
2.6.3. Convención Americana sobre Derechos Humanos
2.6.4. Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
2.6.5. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
2.7. Ley General de Salud
2.8. Código Penal Federal, Civil Fedral y Civil para el Distrito Federal
2.9. Conclusiones
3. Violación al derecho fundamental a la vida humana
3.1. La Constitución consagra el derecho a la vida humana
3.2. El derecho a la vida humana se consagra en la Constitución sin retricciones o limitaciones
3.3. La protección constitucional a la vida humana comprende a ésta en su integridad, desde que inicia hasta su conclusión
IV. El proyecto
V. Análisis de las disposiciones impugnadas
VI. Incompetencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
VII. Violación al principio de certidumbre y exacta aplicación de la ley penal. Proporcionalidad de las penas
VIII. Conclusiones finales
IX. Efectos de la presente resolución
Cuando el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) publicó La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el derecho a la vida (2002), no pretendía tomar parte por una u otra posición respecto a la constitucionalidad de las disposiciones que despenalizaban el aborto en el Distrito Federal. Lo que buscaba era, lisa y llanamente dar a conocer a la opinión pública la forma de razonar de los ministros que integran el Pleno en nuestro Máximo Tribunal al momento de interpretar la constitución en materia penal.
Este es el mismo espíritu que alienta la publicación ¿De quién es la vida?, que incluye razonamientos y justificación del voto del ministro Genaro David Góngora Pimentel, relativo a la declaración de constitucionalidad del Decreto de Refomas del Distrito Federal que despenalizaron la interrupción del embarazo, a petición de la mujer antes de las 12 semanas de gestación.
En este trabajo, Góngora hace gala de una lógica impecable. Primero para desvirtuar los argumentos que se presentaron en favor de echar abajo la legislación en el Distrito Federal y, en segundo, para explicar por qué esta legislación debía considerarse válida, como finalmente ocurrió.
Se puede estar de acuerdo o no con los argumentos de Góngora, pero es necesario admitir que su lucidez convierte este texto en referencia obligada para cuialquiera que desee enterner cómo se hacen e interpretan las leyes en México.
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