RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LAS CÁRCELES, EL - 1.ª ED. 2011

DE LA FUENTE, JAVIER E.

$ 689.00 MXN
$ 620.10 MXN
33.73 $
29,64 €
Editorial:
RUBINZAL - CULZONI
Año de edición:
2011
ISBN:
978-987-30-0189-5
Páginas:
256
Encuadernación:
Rústica - Pasta blanda
Colección:
AUTORES DE DERECHO PENAL

Disponibilidad:

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PRÓLOGO

CAPÍTULO I
Introducción
CAPÍTULO II
Naturaleza del régimen disciplinario
CAPÍTULO III
Los principios fundamentales
CAPÍTULO IV
Las conductas tipificadas como infracción disciplinaria
CAPÍTULO V
Las sanciones y su forma de ejecución
CAPÍTULO VI
Incidencia de las sanciones en la ejecución de la pena
CAPÍTULO VII
Anexo jurisprudencial

El libro que presentamos es importante por dos razones: una es que no existe mucha bibliografia sobre el tema en habla española; la segunda es que abarca con profundidad todos los temas del Derecho disciplinario que rige en las cárceles.

Veamos cuál es el contexto que analiza el libro. Por razones de época el Código Penal de 1921 ha regulado la pena privativa de libertad, la multa y la inhabilitación. Pero sin duda alguna la primera de ellas, que tenía dos especies, la prisión y la reclusión, era la más importante. Y no se han incorporado las penas alternativas, en especial los días-multas, de modo que los jueces acuden a aquella pena debido a que no tienen alternativas, salvo que las inventen, lo que tampoco es bueno jurídicamente hablando. La figura del juez legislador debe ser rechazada. Luego, el tema es qué sucede con la persona que es condenada a una de esas penas. El juez que juzga, en general, se desentiende de la vida diaria de este sujeto y sólo controla los aspectos formales del cumplimiento de la sanción, los informes del servicio penitenciario, hasta llegar a la posibilidad de la libertad condicional. Lo que sucede dentro de los establecimientos carcelarios es un tema, en general, ajeno a los jueces, salvo que aparezca la figura del juez de ejecución penal, quien a nuestro criterio debería tener un despacho dentro de las unidades penitenciarias y ser en número suficiente para poder controlar a quienes cuidan a los internos. En otras palabras, el sujeto que entra a una prisión, cualquiera sea el nombre que se le dé -en esto de la modernidad de cambiar los nombres, para decir la misma cosa-, queda a disposición de la autoridad administrativa.

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