DAZA GONZÁLEZ, ALFONSO
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
REFLEXIÓN PREVIA. BREVE MIRADA A LA IGUALDAD DE ARMAS EN LOS DIFERENTES SISTEMAS PROCESALES PENALES
I. SISTEMA MIXTO: FRENTE AL ACUSADOR Y A LA DEFENSA
II. SISTEMA ACUSATORIO: FRENTE AL ACUSADOR Y A LA DEFENSA
CAPÍTULO PRIMERO
I. DESARROLLO DE LA IGUALDAD DE ARMAS EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL COLOMBIANO
A. Principio de igualdad de armas en Colombia
B. La defensa en desigualdad frente a los demás sujetos procesales
II. LA IGUALDAD DE ARMAS AL INTERIOR DEL PROCESO PENAL
A. Bloque de constitucionalidad e igualdad de armas
B. En la imputación
C. En la imposición de medida de aseguramiento
D. En la solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento
E. En las audiencias reservadas
F. Audiencia de control posterior de la diligencia de allanamiento y registro
G. En la solicitud de preclusión
H. La prohibición de declarar pruebas de oficio
CAPÍTULO SEGUNDO
Introducción
I. EL DERECHO DE DEFENSA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO COLOMBIANO
B. Defensor investigador y contradictor
C. Principios característicos de la defensa
II. GARANTÍAS QUE COMPONEN EL DERECHO DE DEFENSA
A. Garantías judiciales
B. Derecho de defensa técnica
C. Tiempo y medios adecuados para preparar la defensa
D. Derecho a presentar pruebas y contradecir las presentadas en su contra
F. Presunción de inocencia
G. Prisión preventiva
H. Derecho a que sus peticiones y procesos sean resueltos en un plazo razonable
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
El derecho penal tomado en su conjunto, el procedimiento penal en particular e incluso la misma política criminal del Estado, deben estar orientados al cumplimiento del mandato constitucional, al reconocimiento y la garantía del principio de igualdad de armas que busca equilibrar las condiciones en las que las partes en litigio penal se enfrentan, se contradicen y, finalmente, se someten a la sentencia judicial dictada por el juez.
Este principio se encuentra presente en las legislaciones nacional e internacional, en dos sentidos: como regla de juicio dirigida a garantizar un debido proceso judicial y como regla de protección de los derechos fundamentales del imputado.
En Colombia, la doctrina, la jurisprudencia y las propias instituciones judiciales e investigativas, coinciden en afirmar que, en el marco del proceso penal, las partes enfrentadas, esto es, la Fiscalía y la Defensa, deben estar en posibilidad de acudir ante el juez con los mismos elementos de convicción y herramientas de persuasión, sin privilegios ni desventajas, a fin de incitarlo a decidirse por sus pretensiones procesales.
Ahora bien, al ser el aparato estatal investigativo encargado de acusar, por regla general, quien detenta la fortaleza económica, orgánica y funcional, es evidente que se encuentra en clara ventaja frente a los demás actores del proceso, en especial frente a la Defensa, actor particularmente débil que requiere de la habilidad, los conocimientos y la contundencia probatoria del abogado, público o privado, que la ejerza adecuadamente.
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