IGLESIAS, JUAN
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I. Conceptos fundamentales
CAPÍTULO II. Historia de la constitución política romana
CAPÍTULO III. Historia del Derecho romano
CAPÍTULO IV. Ideas romanas del Derecho
LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL
CAPÍTULO I. El sujeto de Derecho
CAPÍTULO II. Negocios jurídicos
CAPÍTULO III. Procedimiento civil
LIBRO SEGUNDO
DERECHOS REALES
CAPÍTULO I. Las cosas
CAPÍTULO II. Los derechos reales en general
CAPÍTULO III. La propiedad
CAPÍTULO IV. La posesión
CAPÍTULO V. Servidumbres y usufructo
CAPÍTULO VI. Enfiteusis y superficie
CAPITULO VII. Derechos reales de garantía: prenda e hipoteca
LIBRO TERCERO
DERECHO DE OBLIGACIONES
CAPÍTULO I. Concepto y evolución histórica de la obligación
CAPÍTULO II. El objeto de las obligaciones
CAPÍTULO III. Sujeto de las obligaciones
CAPÍTULO IV. Eficacia de las obligaciones
CAPÍTULO V. Fuentes de las obligaciones
CAPÍTULO VI. Obligaciones nacidas de contrato
CAPÍTULO VII. Obligaciones derivadas de actos lícitos no contractuales
CAPÍTULO VIII. Obligaciones derivadas de acto ilícito
CAPÍTULO IX. Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
CAPÍTULO X. Garantía y refuerzo de las obligaciones
CAPÍTULO XI. Extinción de las obligaciones
CAPÍTULO XII. Transmisión de los créditos y de las deudas
LIBRO CUARTO
DERECHO DE FAMILIA
CAPÍTULO I. La familia romana
CAPÍTULO II. Matrimonio
CAPÍTULO III. Tutela y curatela
LIBRO QUINTO
SUCESIONES Y DONACIONES
CAPÍTULO I. El derecho hereditario
CAPÍTULO II. Sucesión testamentaria
CAPÍTULO III. Sucesión entestada
CAPÍTULO IV. Sucesión legítima contra el testamento
CAPÍTULO V. Legados y fideicomisos
CAPÍTULO VI. Donaciones
Si la sociedad romana se centró en la propiedad agrícola, mientras la moderna lo hace en la empresa financiera, en la compañía mercantil, en el industrialismo invasor, en el crédito, en el ámbito laboral, resulta cierto que el Derecho romano, referido a la seca literalidad de sus prescripciones o, si se quiere, de sus fieles dictados formativos, carece de sitio en el mundo actual. Sin embargo, otra cosa es desterrar el conocimiento de la más soberana formación jurídica que han conocido los tiempos. Otra cosa es declarar baldío aquello que en expresión de Zubiri, se ofrece como uno de «los tres productos más gigantescos del espíritu humano».
Esta obra del profesor Iglesias, por cuya dedicación al estudio y la enseñanza del Derecho romano durante más de seis décadas le fue concedido el Premio Príncipe de Asturias 2001 de Ciencias Sociales, ha sido elogiada unánimemente en numerosas recensiones, tanto españolas como extranjeras. El elegante y castizo lenguaje, su valor pedagógico, la consistencia científica, la riqueza expositiva y el sentido histórico-jurídico han dado singular fama a este libro, un verdadero clásico de la literatura «romanística».