ROXIN, CLAUS
SECCIÓN 1.ª- FUNDAMENTOS
1. El Derecho penal en sentido formal. Definición y delimitación
2. El concepto material del delito. La pena como protección subsidiaria de bienes jurídicos y su delimitación de sanciones similares a las penales
3. Fin y justificación de la pena y de las medidas de seguridad
4. La reforma del Derecho penal alemán desde 1871
5. El principio de legalidad en relación con la interpretación y la vigencia temporal de las leyes penales
6. Derecho penal del hecho y Derecho penal de autor
7. Dogmática jurídicopenal y sistema del Derecho penal. Problemas básicos de la teoría general del delito
SECCIÓN 2.ª- ACCIÓN, DELITOS MENOS GRAVES Y DELITOS GRAVES
8. Acción
9. Delitos menos graves y graves
SECCIÓN 3.ª - TIPO
10. La teoría del tipo
11. La imputación al tipo objetivo
12. Dolo y error de tipo. La imputación al dolo en las desviaciones del curso causal
13. El consentimiento
SECCIÓN 4.ª- ANTIJURIDICIDAD
14. Cuestiones fundamentales de la teoría de lo injusto
15. La legítima defensa
16. El estado de necesidad justificante y casos afines
17. Ejercicio del cargo y de derechos de coacción; la autorización de la autoridad
18. Causas de justificación por riesgo permitido
SECCIÓN 5.ª - CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD
19. Cuestiones básicas de la teoría de la esponsabilidad
20. La capacidad de culpabilidad o imputabilidad
21. El error de prohibición
22. El estado de necesidad excluyente de la responsabilidad y casos afines
Sección 6.ª - Otros presupuestos de punibilidad
23. Condiciones objetivas de punibilidad y causas de exclusión de la punibilidad
SECCIÓN 7.ª - LA IMPRUDENCIA
24. La imprudencia
Traducción de la 2.ª edición alemana y notas por Diego-Manuel Luzón Peña, Miguel Díaz y García Conlledo y Javier de Vicente Remesal.
PROLOGO A LA VERSION ESPAÑOLA
Nos cabe el gran honor de prologar la versión española del Derecho Penal, Parte General (I), de Claus Roxin, maestro de todos nosotros y uno de los más grandes penalistas de todos los tiempos. La figura del Prof. Roxin no necesita presentación, pues es sobradamente conocido de todos los juristas que dedican sus esfuerzos al Derecho penal y. por lo demás, para facilitar el acceso a los juristas de lengua española, en las últimas décadas han aparecido ya en este idioma una buena parte de los libros y demás trabajos de Roxin (varios de ellos traducidos precisamente por algunos de nosotros). Pero en este caso se trata de la obra magna de este autor, que sintetiza toda su inmensa y magistral producción científica anterior y desarrolla globalmente, con la inteligencia y claridad habituales en Roxin, su sistema teleológico del Derecho penal, cuya mayor parte queda ya cubierta en este primer volumen, al que pronto seguirá un segundo, que completará el Tratado.
Creemos por ello que con esta traducción prestamos un excelente servicio a los penalistas de habla española, enlazando además con la tradición de traducciones a nuestra lengua de los más importantes manuales y tratados de Parte general de la dogmática penal alemana, cuyas aportaciones han sido decisivas para el desarrollo de nuestra disciplina.
A la traducción se le han añadido, cuando resultaba necesario o conveniente, unas breves notas aclaratorias, que se incluyen siempre entre corchetes, bien en el propio texto, bien en las notas a pie de página. Con ellas, unas veces se da información del contenido de preceptos del Derecho alemán, otras se aclara algún término o frase del idioma original cuya traducción merece alguna explicación, y en otras ocasiones se indica la versión española existente de algún libro o artículo que esta obra cita en la versión alemana original. En cuanto a esto último, hay que destacar que, de los diversos manuales alemanes en los que hay versión en español, sólo se indica esta versión respecto de los manuales de von Liszt, Mezger y Welzel. Ello se debe a que en las citas de la versión original generalmente se hace referencia a su paginación, que obviamente no coincide con la de la traducción española; mientras que las citas de otros manuales, que también cuentan con versión en español, no se hacen con referencia a sus páginas, sino a los parágrafos, apartados o números marginales de la obra, que lógicamente son los mismos en la versión traducida, por lo que el lector puede localizarlos sin más.
La distribución de la traducción (y anotaciones) de la obra es la siguiente: corresponden a Diego-Manuel Luzón Peña los §§ 1-2, 5-11, 14 (salvo su apartado VIII), 15-18 y 23, así como los prólogos y los diversos índices; a Miguel Díaz y García Conlledo, los §§ 12, 14, apartado VIII, 19-22 y 24; y a Javier de Vicente Remesal, los §§ 3, 4 y 13. De todos modos, pese a tal división del trabajo, hemos procurado que la traducción sea lo más uniforme posible.
Alcalá de Henares, Pamplona y Vigo, noviembre de 1996
Diego-Manuel Luzón, Miguel Díaz y Javier de Vicente
$ 320.00 MXN
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