DÍAZ CORTÉS, LINA MARIOLA
Prólogo
Presentación
Capítulo I
Inicios de la influencia de la edad en la penalidad y evolución de los criterios para determinar la imputabilidad del menor
Capítulo II
El menor infractor objeto de derecho: evolución a través del modelo de reacción tutelar referencia al modelo educativo
Capítulo III
El menor infractor como sujeto de derechos: evolución de la noción en el modelo de responsabilidad y los modelos "actuales"
Capítulo IV
Presupuestos para un modelo de reacción penal frente al menor infractor
Bibliografía
Índice de autores
La presente obra de la Dra. Lina Mariola Diaz Cortés aborda uno de los temas más relevantes del derecho penal y la política criminal actuales, cual es el de la relación entre edad y responsabilidad penal o, más concretamente, los modelos de reacción penal frente a la minoría de edad. Se trata, en esencia, de la tesis doctoral, que bajo la dirección del profesor Dr. Femando Pérez Alvarez, realizó la autora en el Área de Derecho Penal de la Universidad de Salamanca (España).
El de la responsabilidad penal juvenil es un tema cuya complej idad y dificultades tienen que ver tanto con el pasado como con el presente de la justicia de menores. En efecto, es este un problema que durante muchos años ha permanecido anclado en la vieja disyuntiva entre el modelo clásico del discernimiento y el correccionalismo positivista. Pese a sus diferencias, ambos modelos llegan a consecuencias semejantes, pues por las dos vías el menor es considerado más un objeto de tutela que un sujeto de derechos, bien porque se trata de alguien que aún no ha alcanzado la "madurez", y que por tanto no puede responder de sus actos; o bien porque desde un comienzo se ha visto como alguien que debe ser sometido a medidas de "corrección", como medio de enfrentar su latente peligrosidad.
Este paradigma "correccionalista" o "tutelar" ha orientado durante muchos años la legislación de un buen número de países, entre ellos España y Colombia, como bien lo demuestra la autora de la presente investigación. Los resultados de dicho modelo saltan a la vista: un modelo de justicia juvenil en el que la responsabilidad penal suele confundirse en categorías civiles y administrativas, generando una evidente pérdida de garantías del menor frente a una intervención estatal que no por denominarse "tutelar", resulta menos para la libertad individual.
Dada la incompatibilidad de dicho modelo con los principios del Estado de Derecho, en los últimos años no son pocos los países que han emprendido reformas a su sistema de responsabilidad penal juvenil, teniendo como punto de partida el reconocimiento del menor como sujeto de derechos. En el caso español, la reforma fue introducida por la Ley Orgánica 5/2000 del 12 de enero, mientras que en Colombia se hizo mediante la Ley 1098/2006 del 8 de noviembre, que aprobó el nuevo "Código de la Infancia y la Adolescencia".
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