El etiquetado frontal de advertiencia a partir de la regulación multilateral y de los acuerdos de comercio preferencial
Los requisitos que deben cumplir los reglamentos técnicos según la normativa de la Organización Mundial del Comercio
No discriminación
No restringir el comercio más de lo necesario
Transparencia
Los requisitos que deben cumplir los reglamentos técnicos según la normativa de los tratados de libre comercio
La regulación internacional sobre la protección de inversiones
El etiquetado frontal de advertencia (EFA), que advierte sobre el contenido en azúcares añadidos, sodio y grasas saturadas, es compatible con
la regulación internacional en materia de libre comercio y protección de inversiones. En este documento, explicamos por qué el EFA se ajusta a los compromisos multilaterales adquiridos por Colombia como miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC), así como a los acuerdos de comercio preferencial.
Además, se examina la medida a la luz de las normas técnicas sobre alimentación compiladas por la Comisión del Codex Alimentarius y se explica por qué el EFA también es compatible con tratados de protección de inversiones.
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