Desde hace algunos años viene planteándose en la Ciencia del Derecho Penal una cuestión que no sólo tiene una importancia teórica, sino también y sobre todo una significación práctica evidente. Se trata de decidir, con todas las consecuencias, si el sistema de reacción jurídico-estatal frente al delito cometido debe ser un sistema monista de sanción única (pena o medida) o un sistema dual diferenciado de penas y medidas. La elección entre uno y otro sistema es objeto en la actualidad de viva discusión doctrinal, cuya terminación, a corto o a medio plazo, no es por ahora previsible.
Conforme a un criterio exclusivamente dogmático, que tiene en cuenta sólo el Derecho positivo y hace de él el punto de partida de todas las elucubraciones jurídicas, se puede decir que, desde el punto de vista legislativo, la discusión se ha saldado, por lo menos provisionalmente, en favor de un sistema dualista de sanciones aplicables al autor de un delito.