La nueva edición de un libro supone el reconocimiento de los lectores hacia el trabajo y su autor. Pero reclama también de parte de él la revisión de las ideas expuestas como consecuencia de las críticas, de la propia reflexión posterior o de los nuevos hechos. Tras una década desde la primera aparición, el nuevo texto intenta cumplir con dichas exigencias.
En su primera versión difundida pocos meses después de la sanción de la ley que establecía una nueva reglamentación de las medidas cautelares en los procesos en que fuera parte el Estado señalábamos que se trataba de reflexiones iniciales y que resultaba necesario aguardar la voz de la jurisprudencia. Ello ha ocurrido y la nutrida labor de los tribunales federales del país ha aportado ese indispensable ingrediente. Las páginas que siguen dan cuenta de las distintas posiciones asumidas frente a la ley por los órganos judiciales que han debido aplicarla.
Al tiempo se incrementaron las publicaciones de los autores que fueron explorando aspectos generales o singulares del nuevo cuerpo normativo. Esos trabajos también constituyen una referencia obligada e intentamos presentar la pluralidad de pareceres expuestos.
La ley que comentamos provocó, inmediatamente después de su sanción, adhesiones y rechazos. Algunos consideraron que nada había que reprochar al legislador; otros, que nada resultaba constitucionalmente válido. La primera cuestión que destacamos entonces y mantenemos hoy es la relevancia que tiene en una organización democrática el control judicial de la actuación de los otros poderes del Estado y, más concretamente, la protección cautelar. El rol de los jueces y de la intervención inmediatamente paralizante que puede provocar un mandato judicial forman parte de la discusión pública que se ha desarrollado desde aquel momento de una manera más intensa y ha aportado nuevos y mejores argumentos.
Además, las impugnaciones de que fue objeto la ley permitieron comprobar irremediables desaciertos que fueron sancionados con la declaración de inconstitucionalidad; disposiciones que podían interpretarse constitucionalmente y así superar la amenaza a su validez y, también, preceptos inobjetables e, incluso, altamente convenientes.
Hemos procurado también ser fieles a nuestra idea de dotar de la máxima eficacia al instituto cautelar. Frente a un proceso cuya finalización se computa en años, las medidas cautelares constituyen un mecanismo indispensable para la tutela de los derechos constitucionales. La suerte inicial del litigio según ellas se otorguen o denieguen determinará su destino.
Finalmente, esta edición no hubiera sido posible sin el nuevo aporte que José I. López realizó con relación a la jurisprudencia que consignamos en las partes pertinentes del texto y sin la generosidad del editor Rubén Villela que nos animó a este nuevo emprendimiento.
La Plata, agosto de 2024.
Carlos A. Vallefín