La mayor obra conjunta de estos insignes penalistas, que aquí se presenta traducida por primera vez a nuestra lengua, es mucho más que un tratado de derecho penal: se erige, además, como un programa para la intelección de las fórmulas legales a la luz de aquellos preceptos constitucionales y para la puesta en práctica de un ius puniendi redimido por la tendencia a la excepcionalidad de su aplicación.
Desde las primeras páginas de la Introducción se advierte la neta filiación iushu-manista de los autores, como dignos herederos del universo de ideas de la Ilustración. Y basta abordar los párrafos iniciales de la parte primera para reconfortarse con su prólogo a la edición en español definida vocación por un derecho penal en el que tres principios delimitadores de la potentia puniendi estatal materialidad, lesividad necesaria u ofensividad y culpabilidad son convocados para dar un perfil político-criminal coherente al objeto de estudio, ulteriormente analizado con exhaustividad dogmática, pero previamente caracterizado por su función esencial de tutela de los bienes jurídicos fundamentales de las personas.
Los restantes desarrollos, consagrados al análisis de los respectivos estadios de las teorías del delito y de la pena, reposan en ese firme punto de partida, componiendo un armonioso edificio conceptual en el que, con singular frecuencia, se trasluce la tensión entre los elementos remanentes del Código de 1930 y la reconducción doctrinal que los autores propician, en un constante esfuerzo de conciliación de los mandatos constitucionales y la legalidad en materia punitiva.
La prosa empleada es clara y por momentos vibrante, sin artificios que dificulten la explicación ni digresiones innecesarias. Por lo demás, el sistema de casos adoptado para exponer cada unidad temática brinda al lector, a cada paso, la oportunidad de relacionar teoría y praxis, con plausible efecto didáctico. Súmanse a ello las oportunas glosas a las reformas legislativas sucesivamente puestas en práctica, y a los institutos introducidos en fechas recientes, que en nada entorpecen el ritmo ágil impreso al decurso de la exposición.
Esta edición concurre, pues, a remediar la injusticia notoria de que tantas virtudes permanecieran escasamente conocidas por los estudiosos españoles y latinoamericanos, y se dirige a enriquecer, con las autorizadas plumas de sus autores, el acervo de todo penalista comprometido con la defensa de los derechos humanos y del sistema de garantías que los preserva.
No podría imaginarse ocasión más propicia que la actual, cuando la atmósfera de la ciencia penal de nuestra órbita cultural aparece enrarecida por la difusión de construcciones de nuevo ropaje sociológico y vetusto andamiaje filosófico-político que se encaminan a hacer tabla rasa con la moderada igualdad jurídica existente en el seno de las democracias contemporáneas y a revertir las conquistas de las constituciones de la posguerra europea mediante la instalación de un derecho penal "de dos o tres velocidades", o, lisa y llanamente, de un derecho penal para amigos y otro para supuestos enemigos.