La Ciencia de la legislación representa la tradición, en términos jurídico-sistemáticos, de un verdadero y propio proyecto político: antidespótico, anticortesano y antifeudal. La estructura de la Ciencia de la legislación, según el plan delineado por Filangieri, consiste en siete volúmenes: el primero, dedicado a los principios de la legislación, y el segundo, relativo a las leyes políticas y económicas, aparecieron en 1780; el tercero, sobre las leyes criminales, en 1783 y el cuarto, sobre la educación, en 1785; el quinto, que trata de religión, publicado póstumamente e incompleto, en 1791; el sexto y el séptimo, relativos a la propiedad y a la familia respectivamente, no fueron redactados a causa de su temprana muerte en 1788.