El TOMO I del 2013, incorpora los marginales 1 a 1000, además de un número considerable de Resoluciones no publicadas en las revistas bimestrales.
El TOMO II del 2013, incorpora las resoluciones dictadas en los meses de julio a diciembre y refunde los contenidos de las revistas 4 a 6, ambas inclusive, además de un número considerable de Resoluciones no publicadas en las revistas mensuales.
El TOMO III de Indices, que cierra Aranzadi Civil 2013, recoge por un lado una selección de resoluciones de un número considerable de tribunales que no se han insertado en las revistas desechables, y por otro lado, los tres índices que permiten acceder a los pronunciamientos contenidos en las sentencias desde diversas perspectivas y que de acuerdo con el orden de su publicación son:
ÍNDICE LEGAL, ÍNDICE ALFABÉTICO E ÍNDICE CRONOLÓGICO POR TRIBUNALES.
La sección más amplia está dedicada a la publicación de sentencias relevantes de las Audiencias Provinciales en supuestos no recurribles en casación, y sus números marginales, junto con los del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de lo Mercantil aparecen reseñados en el lomo de los volúmenes y son propios de este repertorio. Estas sentencias cuando aparezcan citadas en otras posteriores se referenciarán mediante su número marginal precedido de las iniciales AC = Aranzadi Civil.
Las Sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), Tribunal Constitucional (TC), Tribunal Supremo (TS) y Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) se identifican en estos índices con sus siglas correspondientes y sus números marginales corresponden a la Revista «Revista Aranzadi Unión Europea», «Repertorio Aranzadi del Tribunal Constitucional» y «Repertorio Aranzadi de Jurisprudencia» respectivamente, en los que se inserta la totalidad de las sentencias emanadas de los citados órganos. Cuando aparezcan citadas en otras sentencias se referenciarán mediante las siglas «TJCE», «RTC» y «RJ».
En el año 1992, Editorial Aranzadi inició la andadura de este repertorio especializado. Gracias a su rotundo éxito, podemos felicitarnos no sin antes agradecer fervientemente la dedicación de todos aquellos que de un modo u otro han hecho posible que lleguemos a este momento.
Es un motivo de orgullo para todos los profesionales de esta Editorial poder poner, a lo largo de este tiempo, en manos de nuestros suscriptores una publicación dirigida y coordinada por las más acreditadas firmas del Derecho Civil de nuestro país, como son don Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano y don Enrique Rubio Torrano.