En los límites del Estado de Derecho es un libro que tiene por objeto realzar las virtualidades de un moderno Estado de Derecho en el seno de una democracia avanzada en la cual los derechos fundamentales y las libertades públicas tienen un papel esencial, vertebrador y determinante. Partiendo de este propósito, se analiza la evolución de la jurisdicción contencioso-administrativa hasta el momento presente, los desfallecimientos y renuncias en el control efectivo de la Administración Pública que ha mostrado dicha jurisdicción, el uso inadecuado de dogmas y tópicos que en realidad solo han servido para desactivar o anular las garantías de los justiciables cuando interponían ingenuamente sus recursos (discrecionalidad técnica, potestad reglamentaria como potestad política, engrandecimiento del concepto de acto político o de gobierno, etc.) o la deficiente regulación que existe en muchos extremos, como acontece por ejemplo con la vía de hecho.Todo ello desemboca en una situación manifiestamente mejorable, y que desde luego hace dudar de que, en efecto, el Estado material de Derecho haya sido y sea una realidad.
Ciertamente los órganos de lo contencíoso-administrativo españoles no han seguido fielmente la estela de los franceses, por poner un ejemplo señero, sino que se han mostrado demasiado timoratos cuando no comprensivos y complacientes con los excesos de la Administración Pública española hasta fechas todavía muy cercanas, cuando la Constitución Española de 1978 ya desplegaba todos sus efectos. Ha habido un retraso histórico en la aplicación de muchas técnicas y medios de control, y ha tenido que ser el legislador en muchos casos el que estableciera una situación más justa para el ejercicio de los derechos y libertades.
La ruta que ha seguido hasta hoy esta jurisdicción está definida por algunos hitos de relieve no muchos, desde luego y mucha inercia. No se observa una iniciativa ni una creatividad (dentro de la legalidad, naturalmente) que sí se aprecia en otros países de nuestro entorno, y el resultado es que muchos pronunciamientos han estado y están en los límites del Estado de Derecho, e, incluso, algunos sencillamente se han situado fuera del mismo.