La octava edición se presenta con la misma esencia de las anteriores, pero estudiando las reformas a la Constitución Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al 11 de marzo de 2021, a la Ley de Amparo publicadas en los Diarios Oficiales de los dias 20 de mayo y 7 de junio ambos de 2021 y la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 7 de junio de 2021.
Sobre estas últimas reformas, dejo ver que se analizan en los temas respectivos de este libro y que si bien se ha dado en calificarlas como las más relevantes en mucho tiempo, no tienen el alcance que se quiere ver por algunas personas, puesto que la esencia del juicio constitucional es la misma y la tramitación del amparo sigue siendo igual que antes. Es más, los principios fundamentales del amparo no fueron trastocados. Entonces, ¿qué traen de novedad esas reformas al juicio de garantias?
Las novedades se presentan en torno a la denominación de unos Tribunales (Colegiados de Apelación, en lugar de Unitarios de Circuito); la modificación de la facultad de atracción para ser ejercida en relación a todos los recursos y no solamente al de revisión, así como un nuevo supuesto de procedencia del recurso de queja y la exclusión de uno del de revisión en amparo directo; la posibilidad de que el juez de primera instancia decida sobre el cumplimiento sustituto de la sentencia de amparo. La forma de integrar la jurisprudencia y algunas cuestiones referentes a la declaratoria general de inconstitucionalidad. Y la denominación de los anteriormente denominados "plenos de Circuito", por la actual identificación de "plenos regionales".