BERRUEZCO, RAFAEL
PRIMRA PARTE
CAPÍTULO I
TEORÍA DEL DELITO
CAPÍTULO II
DELITOS DE DOMINIO
CAPÍTULO III
COMPORTAMIENTO
CAPÍTULO IV
TIPO
CAPÍTULO V
NEXO CASUAL
CAPÍTULO VI
ANTIJURICIDAD
CAPÍTULO VII
IMPUTACIÓN PERSONAL (CULPABILIDAD)
CAPÍTULO VIII
TENTATIVA
SEGUNDA PARTE
DELITOS DE INFRACCIÓN DE DEBER
BIBLIOGRAFÍA
En este segundo libro, he intentado profundizar las diferencias entre los delitos de dominio y de infracción de deber. Diferenciación que la tomado de Jakobs, y no de Roxin, aunque este último sea a quien se le atribuye el descubrimiento de los delitos de infracción de deber.
Parafraseando a Jakobs, respecto de la diferencia entre delitos de dominio y de infracción de deber, tenemos que los primeros están vinculados a los roles sin características especiales, los roles comunes (aquí se trata del quebrantamiento del único rol común que existe, el rol de comportarse como una persona en Derecho, es decir, el de respetar los derechos de los demás como contrapartida al ejercicio de los derechos propios). En tanto que en los delitos de infracción de un deber lo esencial radica en la infracción de un deber extrapenal del que está investido el autor.
Como se podrá apreciar, el libro tiene dos partes; la primera, donde se desarrollan ampliamente los delitos de dominio, podríamos decir, los más comunes-; y la segunda, en la que se desarrollan los denominados delitos de infracción de deber, donde, planteando las diferencias, creemos que son más importantes.
En la primera parte, he tratado de llevar adelante este desarrollo desde la visión de la imputación objetiva, consultando a los autores más importantes en la materia. Es así que cada tema se ha tratado con las distintas posturas que se han desarrollando en los últimos años, hasta llegar a las discusiones más modernas en la doctrina.
Con respecto a la segunda parte estoy convencido de que, si bien en la actualidad hay literatura sobre el tema, esta se va a ir acrecentando ya que esta nueva forma de delitos permite la atri bución del resultado a personas que, con la concepción clásica de delitos de especiales, quedaban impunes. Por consiguiente trae respuestas a posibles lagunas de punibilidad.