VÁZQUEZ PADILLA, MARIO OCTAVIO
CAPITULO I EL DELITO
CAPITULO II EVOLUCION HISTORICO DOGMATICA DE LA TEORIA DEL DELITO
CAPITULO III LA ACCION
CAPITULO IV AUSENCIA DE ACCION
CAPITULO V LA TIPICIDAD
CAPITULO VI PARTE OBJETIVA DE LOS TIPOS DOLOSOS DE COMISION
CAPITULO VII PARTE SUBJETIVA DE LOS TIPOS DOLOSOS DE COMISION
CAPITULO VIII LA ATIPICIDAD DEL DELITO DOLOSO DE COMISION
CAPITULO IX EL TIPO DOLOSO IMPERFECTO
CAPITULO X LA ANTIJURICIDAD
CAPITULO XI LAS CAUSAS DE JUSTIFICACION
CAPITULO XII LA LEGITIMA DEFENSA
CAPITULO XIII ESTADO DE NECESIDAD
CAPITULO XIV EJERCICIO DE UN DERECHO CUMPLIMIENTO DE UN DEBER
CAPITULO XV EL CONSENTIMIENTO
CAPITULO XVI AUTORIA
CAPITULO XVII LA PARTICIPACION
La expresión Subjetivismo e Injusto que da título al presente trabajo, no es casual, ni busca sólo servir al propósito de identificar la obra, más que ello, intenta destacar, frente a la opinión todavía predominante en la Doctrina patria, que la tipicidad y desaprobación jurídica de un comportamiento determinado, no puede prescindir de la concurrencia del dolo, o de la culpa.
La mera afectación fortuita, o humanamente inevitable de bienes jurídicamente protegidos, no significa un argumento que, por sí, permita dotar de relevancia penalística a la conducta de quien así contribuye a la destrucción, menoscabo o puesta en peligro del objeto jurídico.
Todo acto intrínsecamente injusto, presupone su realización dolosa o por lo menos imprudencial, pues sólo al actualizarse alguna de esas modalidades de la conducta típica, queda de manifiesto en el agente, una actitud de hostilidad, menosprecio o indolencia ante los imperativos del Derecho Penal.
Estos principios, enarbolados por la Doctrina Finalista del Delito y, por razones de Política Criminal, también adoptados por la Corriente Funcionalista actualmente en boga se han ido incorporando de manera paulatina a algunos códigos penales de las entidades federativas del país y no es aventurado esperar que en un futuro próximo, otras legislaciones sigan esa tendencia, sobre todo, si se tiene en cuenta que la propia ciencia de la que tradicionalmente se ha nutrido nuestro Derecho, hace ya cuarenta años, abandonó los rígidos moldes sustentados por la Dogmática Causalista, en un afán de superar las fisuras mostradas por ese paradigma y de buscar soluciones de Política Criminal más compatibles con el Estado Democrático.
De más está decir que la elaboración de este trabajo, obedece, asimismo, a razones de carácter docente, ya que en el programa correspondiente al segundo semestre de la Especialidad de Derecho Penal y Criminología, que se imparte en el Posgrado en Derecho de la Universidad de Sonora se comprende, conjuntamente con el análisis del delito imprudente, activo y omisivo, el estudio del delito doloso de comisión.
Con similar propósito y en espera de que esta obra pueda representar alguna utilidad en el ámbito forense, se hace referencia a disposiciones contenidas en los códigos penales, federal y local, así como en el del estado de Coahuila, por ser este ordenamiento, el que con mayor nitidez se ciñe a las orientaciones de la moderna Doctrina Continental del Delito.
Mario Octavio Vázquez Padilla
Hermosillo, primavera del 2001
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