HABA, ENRIQUE PEDRO / JEROME, FRANK / SALAS, MINOR E.
COMENTARIOS A ALGUNAS CRÍTICAS ACERCA DE LOS LLAMADOS «REALISTAS»
Jerome Frank ,
1. Las desafortunadas etiquetas «realistas» y «realismo»
2. Los «observasionistas» jurídicos, o así llamados «realistas», no son un grupo homogéneo
3. La ambigua palabra «Derecho»
4. El escritor de este trabajo -al enfatizar el carácter maleable de los «hechos» en las demandas- difiere de muchos de los otros llamados «realistas» y de sus críticos
5. Indagación sobre una «ciencia del Derecho»
6. Los «hechos» como «objetivos»
7. Sugerencia incorrecta de que soy un creyente en el determinismo económico y en el determinismo psicológico
8. Sugerencia incorrecta de que los «realistas» no creen en ideales y cultivan solo lo feo
9. Imagen falsa de los «realistas» como adversarios al uso de la razón
10. Declaraciones injustificadas de que los realistas consideran deseable una dosis alta de incertidumbre jurídica
11. Sugerencia insostenible de que los «realistas» no creen en nada salvo la fuerza
12. Sugerencia incorrecta de que los «realistas» ignoran lo que dicen los jueces
13. Los «realistas» y el lenguaje
14. Comentarios absurdos concernientes a la actitud «realista» frente a la educación jurídica
EN TORNO A LA LUCIDEZ JURÍDICA DE JEROME FRANK {Notas sobre el «basic legal myth» y el realismo jurídico)
Enrique P. Haba
1. El «mitp básico» de los juristas
2. Realismo jurídico (en contraposición al normativismo jurídico
3. Énfasis crítico
4. Alcances reales de las normas jurídicas
5. ¿Qué examinan los juristas realistas?
6. ¿Es posible una teoría realista sobre la argumentación jurídica?
7. Suplemento: Discusión (¿Qué quiere decir «realismo» jurídico?)
Referencias bibliográficas
¿POR QUÉ EL REALISMO COLOCA A LOS JURISTAS ENTRE LA ESPADA Y LA PARED?
Minor E. Salas
I. ¿Qué sostiene el realismo jurídico?
II. El problema central de la incertidumbre jurídica
III. Tres doctrinas básicas sobre la incertidumbre jurídica
IV. Tres tesis del autor de este capítulo a propósito del realismo jurídico
Referencias bibliográficas
Este libro tiene como propósito básico dar a conocer, en lengua española, un texto cuyo contenido resulta ser totalmente fuera de serie, escrito por el lúcido jurista norteamericano Jerome Frank (1889-1957). Si bien sus puntualizaciones fueron presentadas ochenta años atrás, he aquí que ellas conservan toda su pertinencia (acaso hasta más ampliamente) en relación con las doctrinas sobre el Derecho que llevan la voz cantante de nuestros días.
Lo observado por Frank pone de relieve las razones fundamentales para cuestionar, igualmente, las composiciones doctrinales hegemónicas en la actual Teoría del Derecho. [Esto es, unos u otros constructivismos sobre cómo discurren esos locutores jurídicos ideales, impolutamente racionales o razonables, que nos presenta dicha Teoría: sistemas normativos formalistas, principia iuris axiomatizables y demás colecciones de lógica deóntica; teorías idealistas de la argumentación, formulismos de ponderación... ¡y tutti quanti!].
Enrique P. Haba
Minor E. Salas
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