SEGOVIA LÓPEZ, LUIS
El delito o falta es un acto humano (acción u omisión) típicamente antijurídico, culpable y castigado con una pena (punibilidad). La acción y la tipicidad son requisitos de la antijurídicidad; pero existen hechos antijurídicos que no están penados por la Ley, porque su autor no es culpable. Por ello los dos pilares básicos del concepto del delito y falta son la antijuridicidad y la culpabilidad.
Para la concepción moderna normativa de la culpabilidad, ésta no es sólo el nexo psíquico entre el autor y el acto, pues esto es sólo la base o contenido de la culpabilidad, y ésta supone algo más: un juicio de valoración y, por tanto, de reprochabilidad sobre este contenido. En este sentido la culpabilidad es el reproche personal que se dirige al autor por la realización de un hecho constitutivo de delito, en cuanto es un hecho típicamente antijurídico, a pesar de que su autor era capaz de abstenerse de hacerlo y de que le era exigible esa abstención (COBO-VIVES).
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