WELLER, MARC PHILIPPE
Capítulo Primero INTRODUCCIÓN
1. Ejemplo: Argentina y Grecia
2. Planteo del problema
3. Estado de la cuestión
4. Tesis
5. Punto de partida de la investigación
6. Delimitación temática
Capítulo II
EL EMPRÉSTITO ESTATAL COMO RELACIÓN JURÍDICA DEL DERECHO PRIVADO
7. Introducción
8. Tratados bilaterales de inversión (BIT)
9. Negocios económicos estatales de carácter privado
10. Las condiciones de emisión de los empréstitos
11. Demandabilidad y procesos de conocimiento
12. Ejecución
Capítulo III
MODELOS INTERNACIONALES DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS
13. Introducción
14. Oferta de canje voluntario
15. "Collective Action Clauses" y la SchVG del 2009
16. Canje soberano
17. Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE)
Capítulo IV
"PACTA SUNT SERVANDA"
18. Introducción
19. La fidelidad al contrato como máxima del derecho de los contratos
20. El dogma "man has to have money"
21. Igualdad de trato para los Estados y para las personas privadas
Capítulo V
EL ESTADO DE EMERGENCIA ESTATAL COMO EXCEPCIÓN SUSPENSIVA DE PAGO FRENTE A ACREEDORES PRIVADOS
22. Introducción
23. Colisión diagonal de deberes y bienes jurídicos
24. El estado de emergencia estatal en el derecho internacional público
25. El estado de emergencia estatal en el derecho internacional privado
26. El estado de emergencia estatal en el derecho material alemán
Capítulo VI
CONFORMIDAD SISTÉMICA
27. Introducción
28. Privilegio del Estado en las relaciones jurídicas privadas
29. Primacía del "control social" sobre el "con-trat privé"
30. Primacía de los "acreedores-ciudadanos" sobre los acreedores-tenedores de bonos
Capítulo VII
CONSIDERACIONES FINALES
31. Concordancia por medio del efecto dilatorio de la excepción de estado de emergencia XXIV
32. Reflexión final: modelo cooperativo vía excepción de estado de emergencia
33. Resumen en forma de tesis
Los Estados contraen obligaciones de derecho privado con los tenedores de bonos de su deuda. A la vez, los Estados tienen un deber del derecho público de garantizar su existencia frente a su propia población.
En esta obra, el autor sostiene que, en una situación de emergencia, las obligaciones de un Estado con los tenedores de bonos de su deuda, ceden temporalmente ante su obligación de mantener su estatus frente al pueblo. Recién cuando dicho Estado asegure su cualidad de tal, podrá honrar sus deudas con los particulares.
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