MEJÍA AZUERO, JEAN CARLO / CHAIB DE MARES, KELLY
Parte I. Compendio derecho de la guerra
Compendio derecho de la guerra
1. Declaración de San Petersburgo de 1868 con el objeto de prohibir el uso de determinados proyectiles en tiempo de guerra (San Petersburgo)
2. Declaración prohibiendo el empleo de las balas que se hinchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano (H.DECL)
3. Convención relativa a las leyes y costumbres de la guerra terrestre (H.IV);
4. Anexo: reglamento relativo a las leyes y costumbres de la guerra terrestre (H.IV.R)
5. Convención relativa a los derechos y a los deberes de las potencias y de las personas neutrales en caso de guerra terrestre (H.V.)
6. Convención relativa a los derechos y a los deberes de las potencias neutrales en la guerra marítima (H.XIII)
7. Convención relativa a la colocación de minas submarinas automáticas de contacto (H.VIII)
8. Convención relativa a ciertas restricciones en cuanto al ejercicio de derecho de captura en la guerra marítima (H.XI)
9. Convención de neutralidad marítima (Habana)
10. Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (H.CP)
11. Reglamento para la aplicación de la convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (H.CP.R)
12. Protocolo para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado (H.CP.P)
13. Segundo protocolo de la convención de la haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado
14. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción
15. Convención sobre la prohibición de utilizar técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles (ENMOD)
16. Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados (CCW)
17. Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción
18. Convención sobre municiones en racimo
Parte II. Reflexiones
1. Derecho operacional en Colombia
2. Desafíos del derecho internacional humanitario en las nuevas guerras
3. El dilema del soldado
4. Métodos y medios de los grupos armados ilegales
5. Escudos humanos
6. El derecho operacional: elemento clave para entender el conflicto colombiano
7. Broken arrow
El uso ofensivo por parte del Ejército Nacional se expresó en un contexto asimétrico, que involucró enfrentar una violencia proveniente de amenazas multicriminales y con variables muy particulares para la conducción de hostilidades, pero bajo el respeto de los Derechos Humanos y los principios del Derecho Internacional Humanitario. La legitimidad fue y es el centro de gravedad del accionar del Ejército, a pesar de lamentables episodios aislados que deberán ser investigados, juzgados y sancionados.
La guerra lastimosamente es el escenario de error y del horror. Por eso, la única causa justa para que un ejército actúe siempre será la paz. Ningún ejército hubiera podido sobrevivir 53 años de guerra, sino lo hubiera acompañado en su propósito el pueblo. Esto puede verificarse luego de tantas décadas, cuando las estadísticas en ciudades y campos prueban que la institución más confiable para el colombiano de a pie son sus fuerzas militares. Sin una ofensiva militar amparada formal y realmente en el marco jurídico nacional e internacional sería una utopía soñar con un futuro escenario para propiciar la construcción de una paz estable y duradera.
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