LA ROSA, MARIANO R.
Introducción
I. INTRODUCCIÓN
II. EL PROCESO PENAL
2.1. Los fines del sistema represivo
2.2. La coerción procesal
2.3. Perspectiva desde los derechos individuales
III. CONSTITUCIÓN - GARANTÍAS
IV. EL PODER LIMITADO DEL ESTADO
V. EL RESPETO A LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES
VI. LA FUNCIÓN ESTATAL DE SUSTANCIAR LOS PROCESOS
VII. EL ACCESO A LA JUSTICIA COMO BASE SUSTANCIAL DEL DERECHO DE DEFENSA EN JUICIO
VIII. LOS ESPECÍFICOS ROLES DE CADA PARTE DEL PROCESO
IX. LA JURISDICCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS COERCITIVAS
X. LA NECESARIA IMPARCIALIDAD JUDICIAL
XI. EL PRINCIPIO DE INOCENCIA
XII. LA DINÁMICA TEMPORAL DEL PROCESO PENAL
XIII. LA ESENCIA DEL PROCESO PENAL Y SU RELACIÓN CON LA PRIVACIÓN CAUTELAR DE LA LIBERTAD
13.1. Libertad del imputado en el proceso penal
13.2. La naturaleza cautelar de la privación de la libertad
13.3. La fundamentación de la detención preventiva
13.4. Estructura y fines de las medidas cautelares
13.5. Criterios de implementación
13.6. Naturaleza cautelar de la prisión preventiva
XIV. PRINCIPIOS QUE DELIMITAN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES PERSONALES
14.1. El principio de proporcionalidad
14.2. El principio favor libertatis
14.3. El principio pro homine
XV. LA EXIGENCIA CONSTITUCIONAL DE FUNDAMENTAR LA PRISIÓN PREVENTIVA
XVI. LA PELIGROSIDAD PROCESAL, ÚNICA RESTRICCIÓN COMPATIBLE CON LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
XVII. EL PRETENDIDO CONFLICTO DE SEGURIDAD. GARANTÍAS
XVIII. MOMENTOS DE LA DETENCIÓN PROVISIONAL
18.1. La limitación de la potestad coercitiva
18.2. El derecho constitucional a ser juzgado en un plazo razonable o ser puesto en libertad
18.3. La ley 24.390, reglamentaria del plazo máximo de duración de la prisión preventiva
18.4. La entidad de la pena amenazada
18.5. La lesión al estado de inocencia
18.6. La probable afectación a la imparcialidad de los jueces
18.7. La sustanciación del proceso en tiempo razonable
XIX. ACTOS PROCESALES. CONFORMACIÓN Y VALIDEZ DEL PROCESO
19.1. Nulidades procesales. Concepto. Función
19.2. Formas procesales. Concepto. Clasificación
19.3. El efecto y la invalidación procesal
19.4. Casos de prueba ilegal
19.5. Conjura al incumplimiento formal por el órgano jurisdiccional y las partes
19.6. Saneamiento. Convalidación. Nulidad
19.7. La nulidad como garantía constitucional. Conceptos y funciones
19.8. Clasificación de las nulidades
19.9. Inadmisibilidad. Inexistencia. Simple inobservancia
19.10. El retrotraimiento del proceso a etapas superadas
XX. LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL
20.1. La carga de la prueba
20.2. La libertad probatoria
20.3. El sistema de valoración de la prueba
20.4. Las prohibiciones probatorias
20.5. Prueba obtenida ilegalmente. Valor probatorio y nulidad
20.6. El principio in dubio pro reo
20.7. La prueba de indicios
20.8. La valoración de los indicios
XXI. SENTENCIA FUNDADA
21.1. La motivación
21.2. La fundamentación de los autos y de los decretos
21.3. Los requisitos propios de la sentencia
21.3.1. El día, el lugar y la identificación del proceso
21.3.2. El objeto para decidir y las peticiones de las partes
21.3.3. La decisión y su motivación
21.3.4. La firma del juez
XXII. LA RAZONABILIDAD DE LA DECISIÓN
XXIII. METODOLOGÍA DEL ENJUICIAMIENTO
XXIV. LÓGICA JURÍDICA
XXV. VICIOS ARGUMENTALES
XXVI. LA DOCTRINA DE LA ARBITRARIEDAD
XXVII. EL DERECHO A RECURRIR EL FALLO CONDENATORIO
Resulta innegable la afectación de derechos individuales durante la sustanciación del proceso penal, que siempre tiene carácter irreparable cuando involucra a la libertad individual, la intimidad o la propiedad y, a su vez, el severo padecimiento que significa afrontar un pleito penal, debido al estado de incertidumbre y de ansiedad que genera a los involucrados la posibilidad de hacerse acreedor de una sentencia de condena, desconociendo además la cantidad de tiempo de duración y su modalidad de cumplimiento, todo lo cual requiere una respuesta eficiente y atenta del órgano destinado a sustanciarlo, así como también de todos sus actores.
En tal dirección, debemos tener en cuenta que un postulado fundamental de nuestro sistema jurídico vigente es que el poder penal no puede ser ejercido sin limitaciones ni contralores, afirmación que encuentra fundamento en el hecho de que el proceso penal interviene sensiblemente en el ámbito de derechos de quien, posiblemente, es culpado de manera injusta, dado que a todo evento debe respetarse el carácter intrínseco de la dignidad humana, así como su intimidad y todos los atributos de su persona, razón por la cual los objetivos punitivos no pueden cumplirse a cualquier precio, es decir, desvirtuando la vida del ser humano al ponerlo al servicio de la administración de justicia.
Pero un programa racional de limitaciones, para que el poder penal no se convierta en instrumento del sometimiento político, solo aparece cuando se expresa la sentencia que nos coloca a todos en posición de igualdad frente a la ley (art. 16, CN) y nos permite ejercer nuestra influencia para formar la voluntad de la ley (art. 18, CN). Desde allí en adelante, con la creación del Estado de derecho se declara una serie de derechos y garantías que intentan proteger a los individuos, miembros de una comunidad determinada, contra la utilización arbitraria del poder penal del Estado.
Es que el requisito del juicio previo que la CN nos impone en su art. 18, en tanto enfáticamente expresa que resulta inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos, importa el correcto ejercicio del derecho a la jurisdicción, el impulso fiscal necesario, su contralor mediante una actividad defensiva eficiente y el acceso a la tutela judicial efectiva en un plazo razonable mediante la independiente actuación de todas las autoridades públicas intervinientes.
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