HIDALGO MURILLO, JOSÉ DANIEL
I. ANTECEDENTES
II. LO MÁs SENCILLO EN ESQUEMA.
A. 20 PASOS EN ESQUEMA
III. EXPLICANDO LOS 20 PASOS
Paso 1 Solicitud de Audiencia
Paso 2 El juez abre la Audiencia Inicial y/o de Vinculación a Proceso
Paso 3 De previo, control de detención
Paso 4 Ratificada o no la detención del imputado, el juez otorga traslado al Ministerio Público para que formule imputación
Paso 5 El juez pregunta al imputado si entendió o no los hechos de la imputación. Sin producir debate, en caso de que no los haya entendido o necesite explicación, corre traslado al Ministerio Público para ese objetivo
Paso 6 El juez corre traslado al Ministerio Público para que solicite la Vinculación a Proceso
Paso 7 Prisión Preventiva. Terminado el discurso imputativo el Ministerio Público puede solicitar la prisión preventiva si el imputado se acoge al plazo constitucional
Paso 8 Plazo para Investigación. Terminado el discurso cautelar el Ministerio Público puede solicitar plazo -justificado con las pruebas que echa de menos-, para dar por terminada la investigación formalizada
Paso 9 Terminada la imputación, con la solicitud de vinculación, medida cautelar y plazo, el juez ofrece la audiencia al abogado defensor del imputado con un triple propósito procesal
Paso 10 Si el Imputado, previa consulta con su abogado, acepta declarar, será interrogado por el abogado defensor y por el Ministerio Público.
Paso 11 Si el Imputado, previa consulta con su abogado defensor o el propio defensor requieren plazo, así deben justificarlos ante el juez. Si se trata de un plazo mayor a 72 horas, el juez así lo dispone
Paso 12 El juez se pronuncia sobre Medida Cautelar de prisión preventiva (Cfr. arts. 154,312)
Paso 13 El juez señala hora y fecha para Audiencia y Emplaza partes para Audiencia de Vinculación
Paso 14 Se continúa con Audiencia desahogando medios de prueba de la Defensa
Paso 15 Desahogada la prueba de la Defensa, el juez da traslado al Ministerio Público para que contra interrogue la prueba de la defensa
Paso 16 El juez da Traslado al Ministerio Público para que concluya la Audiencia Inicial
Paso 17 El juez otorga audiencia al abogado defensor para que responda a la imputación y datos de prueba, la calificación jurídica y la participación del imputado. Si se solicitó medida cautelar y/o plazo, se pronunciará sobre esos extremos
Paso 18 Se admite replica
Paso 19 El abogado defensor puede, igualmente, interponer algún incidente de nulidad, especialmente relacionado con los datos de prueba o, alguna excepción de previo y especial pronunciamiento
Paso 20 El juez se pronuncia, en un auto de Vinculación, sobre la vinculación o no del imputado al proceso y sobre la Medida Cautelar
IV. CONCLUSIÓN
Cuando estudiamos la Vinculación a Proceso desde la Constitución Política, es fácil concluir en su sencillez. Cuando lo hacemos desde el Código Nacional, no se entiende por qué la hacemos compleja. Es por esto que los artículos 307 a1 316 del Código Único deben interpretarse desde el artículo 19 de la Constitución Federal para comprender una audiencia tan importante como original en el modelo procesal acusatorio para México.
El Código Nacional debió prever los errores ya detectados desde el Código de Chihuahua y luego en 29 Códigos Acusatorios existentes antes de la entrada en vigencia del Código Nacional. Por control difuso de constitucionalidad es posible desaplicar las normas secundarias para proceder conforme a la Constitución Política. Espero que los Jueces de Control locales y federales sean valientes para proceder conforme a la Constitución Política y, contra la corriente de los que, al redactar la norma secundaria demuestran que no consideraron la interpretación constitucional y no han comprendido, tampoco, la figura procesal.
No es mi objetivo en este libro explicar los distintos problemas de interpretación. Lo he hecho en la primera y ahora segunda edición de mi libro denominado La Audiencia de Vinculación a Proceso. Me corresponde exponer, únicamente, con la mayor sencillez, cómo debe procederse para lograr el Auto de Vinculación a Proceso en una de las audiencias más interesantes del Modelo Acusatorio Mexicano.
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